Tabla completa de plazos por cédula (AG 2025)
Esta es la tabla oficial de vencimientos para personas naturales por el año gravable 2025. Busca los dos últimos dígitos de tu cédula (por ejemplo, para la cédula 1.020.304.56 son el 5 y el 6) y esa es tu fecha máxima para presentar y pagar.
| Últimos dos dígitos | Fecha límite (2026) |
|---|---|
| 01 y 02 | 12 de agosto de 2026 |
| 03 y 04 | 13 de agosto de 2026 |
| 05 y 06 | 14 de agosto de 2026 |
| 07 y 08 | 18 de agosto de 2026 |
| 09 y 10 | 19 de agosto de 2026 |
| 11 y 12 | 20 de agosto de 2026 |
| 13 y 14 | 21 de agosto de 2026 |
| 15 y 16 | 24 de agosto de 2026 |
| 17 y 18 | 25 de agosto de 2026 |
| 19 y 20 | 26 de agosto de 2026 |
| 21 y 22 | 27 de agosto de 2026 |
| 23 y 24 | 28 de agosto de 2026 |
| 25 y 26 | 31 de agosto de 2026 |
| 27 y 28 | 1 de septiembre de 2026 |
| 29 y 30 | 2 de septiembre de 2026 |
| 31 y 32 | 3 de septiembre de 2026 |
| 33 y 34 | 4 de septiembre de 2026 |
| 35 y 36 | 7 de septiembre de 2026 |
| 37 y 38 | 8 de septiembre de 2026 |
| 39 y 40 | 9 de septiembre de 2026 |
| 41 y 42 | 10 de septiembre de 2026 |
| 43 y 44 | 11 de septiembre de 2026 |
| 45 y 46 | 14 de septiembre de 2026 |
| 47 y 48 | 15 de septiembre de 2026 |
| 49 y 50 | 16 de septiembre de 2026 |
| 51 y 52 | 17 de septiembre de 2026 |
| 53 y 54 | 18 de septiembre de 2026 |
| 55 y 56 | 21 de septiembre de 2026 |
| 57 y 58 | 22 de septiembre de 2026 |
| 59 y 60 | 23 de septiembre de 2026 |
| 61 y 62 | 24 de septiembre de 2026 |
| 63 y 64 | 25 de septiembre de 2026 |
| 65 y 66 | 28 de septiembre de 2026 |
| 67 y 68 | 1 de octubre de 2026 |
| 69 y 70 | 2 de octubre de 2026 |
| 71 y 72 | 5 de octubre de 2026 |
| 73 y 74 | 6 de octubre de 2026 |
| 75 y 76 | 7 de octubre de 2026 |
| 77 y 78 | 8 de octubre de 2026 |
| 79 y 80 | 9 de octubre de 2026 |
| 81 y 82 | 13 de octubre de 2026 |
| 83 y 84 | 14 de octubre de 2026 |
| 85 y 86 | 15 de octubre de 2026 |
| 87 y 88 | 16 de octubre de 2026 |
| 89 y 90 | 19 de octubre de 2026 |
| 91 y 92 | 20 de octubre de 2026 |
| 93 y 94 | 21 de octubre de 2026 |
| 95 y 96 | 22 de octubre de 2026 |
| 97 y 98 | 23 de octubre de 2026 |
| 99 y 00 | 26 de octubre de 2026 |
Justi calcula tu fecha automáticamente
Cómo leer el calendario tributario
La DIAN reparte a los declarantes a lo largo de dos meses y medio para descongestionar sus sistemas: cada día hábil le corresponde a dos terminaciones de cédula, empezando por 01–02 el 12 de agosto y cerrando con 99–00 el 26 de octubre de 2026. La fecha es a la vez el plazo para presentar la declaración de renta y para pagar el saldo si te dio a cargo.
Si tu saldo a pagar supera 41 UVT, en renta de personas naturales el pago se hace en una sola cuota junto con la presentación. Y si el resultado fue saldo a favor, la fecha sigue siendo la misma: presentar a tiempo es lo que te habilita para pedir la devolución.
Qué pasa si no declaras a tiempo
La sanción de extemporaneidad (artículo 641 del Estatuto Tributario) es del 5% del impuesto a cargo por cada mes o fracción de mes de retraso, con tope del 100%, y nunca baja de la sanción mínima de 10 UVT. Además corren intereses de mora sobre el impuesto no pagado. Lo explicamos con ejemplos en la guía de sanciones por declarar tarde.
No esperes al último día
Antes de la fecha: verifica si estás obligado
No todo el mundo debe declarar. Los topes del año gravable 2025 (ingresos de $69.718.600, patrimonio de $224.095.500, o compras, consumos o consignaciones por más de 1.400 UVT) definen la obligación. Revisa la guía ¿quién debe declarar renta en 2026? o usa el verificador gratuito — te lo dice en 30 segundos.
Preguntas frecuentes
¿Cuándo empieza la declaración de renta en 2026?
La temporada de declaración de renta para personas naturales (año gravable 2025) va del 12 de agosto al 26 de octubre de 2026. Tu fecha exacta depende de los dos últimos dígitos de tu cédula, sin contar el dígito de verificación.
¿Puedo declarar renta antes de mi fecha límite?
Sí. La fecha del calendario es el último día para presentar y pagar sin sanción, pero puedes declarar desde que la DIAN habilite la declaración de renta del año gravable 2025. Declarar temprano evita la congestión de MUISCA y, si tienes saldo a favor, aceleras la devolución.
¿Qué dígitos de la cédula se usan para saber el plazo?
Los dos últimos dígitos del número de cédula o NIT, sin incluir el dígito de verificación. Por ejemplo, si tu cédula termina en 53 o 54, tu plazo del año gravable 2025 vence el 18 de septiembre de 2026.
¿Qué pasa si se me pasa la fecha límite?
Debes presentar la declaración extemporánea con una sanción del 5% del impuesto a cargo por cada mes o fracción de mes de retraso (mínimo 10 UVT, unos $498.000 con el UVT de 2025), más intereses de mora si había saldo a pagar. Entre más rápido regularices, menor la sanción.
¿El calendario es el mismo para todos?
Este calendario aplica a personas naturales y sucesiones ilíquidas no calificadas como grandes contribuyentes. Los grandes contribuyentes y las personas jurídicas tienen calendarios distintos, con fechas más tempranas en el año.
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