La regla central: no deduces la factura, deduces una inversión certificada
La Ley 1715 de 2014, artículo 11 , modificada por la Ley 2099 de 2021, permite a los obligados a declarar renta que realicen directamente inversiones en proyectos de generación con fuentes no convencionales de energía (FNCE) o en gestión eficiente de la energía deducir el 50 % de la inversión, con la distribución temporal y los límites de la norma.
El punto decisivo no es que el equipo se venda como “solar” o “verde”. La inversión debe poder identificarse dentro de un proyecto, acción o medida evaluable y debe contar con la certificación técnica de la UPME. La Resolución UPME 563 de 2026 llama al certificado el instrumento habilitante indispensable para aplicar los incentivos.
No confundas el beneficio con un descuento del impuesto
Qué tipo de inversión debes identificar
La UPME incluye dentro de las fuentes no convencionales renovables la solar, la eólica, la biomasa, los pequeños aprovechamientos hidroeléctricos, la geotérmica y los mares. Esta guía se concentra en paneles y sistemas solares, pero la lógica fiscal depende de la categoría técnica y de la documentación concreta del proyecto.
| Situación | Qué debes comprobar | Error frecuente |
|---|---|---|
| Proyecto solar FNCE | Generación para autogeneración o venta, bienes y servicios elegibles, inversión directa y certificado UPME. | Declarar todos los paneles comprados sin comprobar que forman parte del proyecto certificado. |
| Medida de gestión eficiente | Que la acción esté dentro del marco técnico vigente y demuestre el ahorro energético requerido. | Tratar cualquier equipo que reduzca la factura de energía como GEE certificada. |
| Paneles en una vivienda | Proyecto, finalidad, titularidad, etapa y certificado; la ubicación residencial no resuelve el análisis. | Usar la factura del instalador como autorización tributaria automática. |
| Inversión compartida | Aporte directo de cada inversionista, porcentaje documentado y certificado que permita identificar el proyecto. | Cada participante tomar el 50 % del valor total del proyecto. |
| Leasing financiero | Opción irrevocable de compra y ejercicio efectivo de esa opción al final del contrato. | Deducir como si se fuera propietario o ignorar la recuperación si no se compra el activo. |
La certificación técnica tiene alcance concreto
Quién puede aplicar la deducción
El beneficiario debe ser contribuyente y declarante del impuesto sobre la renta, y debe haber realizado directamente la inversión. No es una deducción que se pueda transferir por amistad, parentesco, financiación o simple titularidad de la factura. La persona natural que aporta a un proyecto puede tener un análisis distinto de quien instala el activo, lo arrienda o solo presta el servicio.
| Interviniente | Puede aplicar si... | Soporte clave |
|---|---|---|
| Inversionista persona natural | Declara renta, invierte directamente, aparece en la estructura del proyecto y cuenta con certificado UPME. | Contrato o documento de inversión, pagos, porcentaje, certificado y cálculo individual. |
| Varios inversionistas | Cada uno cumple los requisitos y aplica solo la proporción de su inversión directa. | Acuerdo de participación, trazabilidad bancaria y distribución certificada. |
| Locatario de leasing | El contrato es leasing financiero con opción irrevocable de compra y la opción se ejerce al final. | Contrato, certificado UPME, pagos y prueba del ejercicio de la opción. |
| Instalador o proveedor | Solo por su propia inversión elegible; prestar el servicio no convierte al proveedor en beneficiario del cliente. | Contrato, factura y evidencia separada de una inversión propia, si existe. |
El Concepto DIAN 3086 reconoce la aplicación proporcional cuando varios inversionistas realizan conjuntamente y directamente la inversión. También explica que, en un leasing financiero con opción irrevocable de compra, el locatario puede ser el beneficiario si ejerce la compra; si no lo hace, puede aparecer una renta líquida por recuperación de deducciones .
Cómo calcular el límite sin prometer un ahorro automático
- Determina la inversión certificada: no uses automáticamente el total de la factura, el crédito, el valor comercial del inmueble ni los costos que no estén incluidos en el proyecto evaluado.
- Calcula el máximo legal: la deducción total puede ser hasta el 50 % de la inversión realizada y certificada.
- Ubica el año inicial: el periodo empieza a contarse desde el año gravable siguiente a la entrada en operación. Si entró en operación en 2025, revisa primero la declaración del AG 2026; si entró en 2024, revisa el AG 2025.
- Aplica el límite anual del artículo 11: lo usado en el año no puede superar el 50 % de la renta líquida determinada antes de restar la inversión.
- Revisa la cédula general: el artículo 336 del Estatuto Tributario y el Formulario 210 controlan además la bolsa global de rentas exentas y deducciones imputables de la cédula general, con el 40 % y el tope anual de 1.340 UVT cuando corresponda.
- Conserva el saldo no usado: registra cuánto aplicaste, qué límite te restringió y qué saldo queda dentro del periodo permitido. No inventes un arrastre si la norma o el sistema no lo contempla para tu caso.
Ejemplo de lectura, no liquidación personalizada
Dónde se refleja en el Formulario 210
El Formulario 210 e instructivo 2026 contiene casillas separadas para otras deducciones imputables dentro de las rentas de trabajo, rentas de trabajo sin vínculo laboral, rentas de capital y rentas no laborales. La inversión solar no tiene una casilla independiente: debes clasificar correctamente el origen de tus rentas y usar la sección que corresponda, dejando que el servicio de diligenciamiento aplique la distribución de los límites.
| Concepto | Tratamiento que debes revisar | Qué no hacer |
|---|---|---|
| Deducción Ley 1715 | Otras deducciones imputables de la cédula general, con base en la inversión certificada y el cálculo anual. | Llevarla como descuento directo del impuesto o como renta exenta sin base legal. |
| Paneles y equipos | El activo o derecho que poseas al 31 de diciembre se revisa también en patrimonio, con la valoración que corresponda. | Eliminarlo del patrimonio porque ya se tomó una deducción. |
| IVA | La exclusión del IVA del artículo 12 tiene requisitos propios y no es la misma operación que la deducción de renta. | Sumar o deducir dos veces un IVA excluido, devuelto o tratado como mayor valor. |
| Venta de energía | Los ingresos por venta, excedentes o servicios se clasifican y reconocen por separado según su realidad y soportes. | Considerar que el beneficio convierte en no gravados los ingresos del proyecto. |
| Venta o no ejercicio de compra | Revisa la recuperación de deducciones y el nuevo hecho de venta o terminación del contrato. | Seguir usando la deducción sin analizar la pérdida de la condición o la recuperación. |
La factura no decide la casilla
Trámite y soportes que debes reconstruir
- Identifica el proyecto: define si se trata de generación solar FNCE, una medida GEE, hidrógeno u otra categoría y quién es el inversionista directo.
- Revisa la lista técnica: comprueba que los bienes y servicios estén en los anexos o que exista una ruta válida para su inclusión; no uses una descripción comercial genérica.
- Radica ante la UPME: la Resolución 563 de 2026 establece una ventana de recepción entre el 1 de febrero y el 15 de diciembre de cada año y exige usar el aplicativo dispuesto por la entidad.
- Conserva el resultado: guarda la solicitud, anexos, contratos u ofertas, pagos, requerimientos, certificado favorable y cualquier modificación posterior.
- Determina la entrada en operación: fija el año con actas, puesta en servicio, documentos técnicos y demás evidencia del proyecto; de ese dato depende el inicio del periodo fiscal.
- Calcula por año: separa inversión total, 50 % máximo, valor aplicado, límite del año, saldo pendiente y cédula en la que se imputó.
- Concilia patrimonio e ingresos: incorpora los equipos o derechos al patrimonio cuando corresponda y clasifica por separado la energía vendida, los rendimientos, los reembolsos y las deudas.
| Soporte | Qué debe permitir probar |
|---|---|
| Certificado UPME | Proyecto, tecnología, bienes o servicios, titularidad y habilitación del incentivo. |
| Expediente técnico | Capacidad, finalidad, etapa, entrada en operación y relación de los equipos con el proyecto. |
| Contratos y facturas | Proveedor, valor, fecha, descripción, pago y relación directa con la inversión certificada. |
| Pagos y financiación | Quién realizó la inversión, qué parte pagó cada persona y qué saldo existía al cierre. |
| Papel de trabajo fiscal | Base certificada, deducción máxima, valor aplicado por año, límites y saldo pendiente. |
| Declaraciones y patrimonio | Cédula, casilla, activos, deudas, ingresos del proyecto y consistencia entre años. |
La ventana de la UPME no es el vencimiento de renta
Errores frecuentes y límites de la guía
- Declarar el 50 % de la factura en el año de compra sin verificar la entrada en operación, la certificación y los límites anuales.
- Confundir el incentivo de la Ley 1715 con el descuento ambiental del artículo 255, que tiene otro sujeto beneficiario y otra mecánica.
- Suponer que una factura de paneles, un contrato de instalación o un préstamo prueba por sí mismo que existe un proyecto certificado.
- Tomar como inversión propia el aporte de otra persona, el valor total de un proyecto compartido o el activo del banco en un leasing que no terminó con compra.
- Olvidar el patrimonio, los ingresos por venta de energía, los excedentes, los intereses de la financiación o el tratamiento separado del IVA.
- Aplicar la deducción sin guardar el certificado UPME, la trazabilidad bancaria y el cálculo que explique por qué el valor cabe en la declaración.
Justi puede leer la carpeta del proyecto, identificar fechas, titulares, valores, certificado UPME y soportes de pago, y ayudarte a construir una conciliación para la declaración. No determina si la UPME certificará el proyecto, no sustituye la evaluación técnica ni define por sí sola la categoría fiscal de los ingresos o de la inversión.
Si tu caso es un vehículo eléctrico o híbrido, consulta la guía específica de movilidad eléctrica. Para el cálculo general de límites, revisa también la guía de deducciones y la guía de patrimonio y deudas.
Fuentes oficiales consultadas
- DIAN · Prepárese para la declaración de renta AG 2025
- DIAN · Formulario 210 e instructivo 2026
- Ley 1715 de 2014, artículo 11 · Deducción por FNCE y GEE
- Ley 1715 de 2014, artículo 12 · Exclusión de IVA
- Decreto 895 de 2022 · Reglamentación de incentivos
- Decreto 1625 de 2016 · Reglamento tributario
- Concepto DIAN 3086 de 2026 · Personas naturales, proyectos conjuntos y leasing
- Resolución UPME 563 de 2026 · Requisitos y trámite del certificado
- UPME · Incentivos tributarios y categorías FNCE
- UPME · Biblioteca jurídica de resoluciones
Actualizado el 14 de septiembre de 2026 para orientar la declaración del año gravable 2025. La certificación técnica corresponde a la UPME y la aplicación fiscal a la DIAN; si el proyecto tiene copropietarios, leasing, venta de energía, activos extranjeros, financiación compleja o una certificación pendiente, solicita revisión profesional antes de firmar.
Preguntas frecuentes
¿Comprar paneles solares me da automáticamente una deducción en renta?
No. La factura de compra no basta. Debes revisar si existe una inversión directa en un proyecto de FNCE o en una medida de gestión eficiente de la energía, si los bienes y servicios son elegibles y si la UPME expidió el certificado que habilita el incentivo. Una instalación doméstica no debe llevarse a la declaración solo por tener paneles.
¿Una persona natural puede usar la deducción de la Ley 1715?
Sí, si es contribuyente y declarante del impuesto sobre la renta, realiza directamente la inversión y cumple los requisitos técnicos, documentales y de certificación. El Concepto DIAN 3086 de 2026 distingue esta deducción, aplicable a personas naturales y jurídicas, del descuento ambiental del artículo 255 del Estatuto Tributario, que tiene otro alcance.
¿Cuánto se puede deducir por una inversión solar?
La regla permite deducir hasta el 50 % del total de la inversión certificada, en un periodo máximo de 15 años contados desde el año gravable siguiente a la entrada en operación. El valor usado en cada año tampoco puede superar el 50 % de la renta líquida determinada antes de restar la inversión, y deben revisarse los límites de la cédula general.
¿Qué es el certificado UPME y por qué importa?
Es la certificación técnica de la Unidad de Planeación Minero Energética sobre el proyecto, la acción o los bienes y servicios que pueden acceder a los incentivos. La Resolución UPME 563 de 2026 lo define como el instrumento habilitante indispensable; pagar la tarifa o radicar una solicitud no equivale a tener un certificado favorable.
¿En qué casilla del Formulario 210 va la deducción?
No existe una casilla con el nombre paneles solares o FNCE. La deducción se analiza dentro de la cédula general y se lleva a la categoría de otras deducciones imputables que corresponda, aplicando después el cálculo y los límites que distribuye el Formulario 210. Confirma la casilla que te muestra el servicio de diligenciamiento según el origen de tus rentas y conserva el cálculo.
¿Los paneles de mi casa pueden ser un proyecto certificado?
No se puede responder solo con la dirección o el tamaño de los paneles. La UPME evalúa el proyecto, la etapa, la finalidad de generación o eficiencia, los bienes y servicios y la documentación técnica. La energía solar fotovoltaica es una fuente renovable reconocida, pero la compra aislada de equipos no reemplaza la evaluación y certificación.
¿Qué ocurre si varias personas invirtieron en el mismo proyecto solar?
La DIAN ha admitido que varios inversionistas contribuyentes y declarantes pueden aplicar proporcionalmente la deducción por la inversión que cada uno realizó directamente, siempre que se cumplan los requisitos y exista la certificación UPME. No se puede duplicar el mismo valor entre inversionistas ni usar la inversión de otra persona.
¿Justi solicita el certificado UPME o presenta la deducción por mí?
No. Justi puede ordenar facturas, contratos, certificados, fechas de entrada en operación y cálculos para preparar la revisión, pero no decide si el proyecto es certificable, no radica la solicitud ante la UPME y no firma ni presenta el Formulario 210. En proyectos compartidos, financiados o con venta de energía conviene validar la estructura con un contador.
Deja que Justi haga los cálculos.
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