Beneficios tributarios · Factura electrónica

¿Cómo aplicar la deducción del 1% por compras con factura electrónica?

Aprende cómo aplicar en la declaración de renta del año gravable 2025 la deducción del 1% por compras con factura electrónica: requisitos, pagos electrónicos, tope de 240 UVT, Formulario 210 y soportes.

Actualizado el 5 de agosto de 2026 · Año gravable 2025 (se declara en 2026) · UVT $49.799

¿Qué es la deducción del 1% por compras?

El numeral 5 del artículo 336 del Estatuto Tributario permite que una persona natural que declara ingresos de la cédula general reste el 1% del valor de ciertas adquisiciones de bienes o servicios. La regla no exige que la compra tenga relación de causalidad con tu actividad productora de renta, pero sí exige cumplir condiciones específicas de facturación, identificación, pago y no duplicidad.

Es una deducción, no un descuento tributario. Por ejemplo, si tienes $10.000.000 de compras que cumplen todos los requisitos, la deducción inicial sería $100.000; el impuesto no baja automáticamente en $100.000. El resultado depende de la depuración de tu cédula general y de la tarifa que finalmente corresponda.

El tope de 240 UVT es el tope de la deducción

Para el año gravable 2025 la UVT fue de $49.799. Por eso, 240 UVT equivalen a $11.951.760 de deducción máxima. Si tus compras elegibles superan $1.195.176.000, el 1% supera ese tope y solo puedes considerar el máximo legal, siempre que las compras cumplan los demás requisitos.

Requisitos: ¿qué facturas sí cuentan?

La regla del artículo 336 y el abecé de la DIAN exigen que se cumplan todos estos puntos. No basta con que una compra aparezca en el listado de facturas o que el comercio te haya entregado una representación gráfica.

Requisitos de la deducción del 1% por compras con factura electrónica
RequisitoQué debes comprobarSi falta
Cédula generalDeclaras ingresos de trabajo, capital o no laborales en la cédula general del Formulario 210.No uses este beneficio para ganancias ocasionales, pensiones o dividendos como si fueran cédula general.
Factura electrónicaFactura electrónica de venta con validación previa, con tu nombre y apellido y NIT o documento de identificación.Una factura a nombre de otra persona no prueba tu adquisición para este beneficio.
Proveedor obligadoLa factura fue expedida por un sujeto obligado a expedir factura electrónica de venta.Una cuenta de cobro, recibo o documento que no corresponda a ese sistema no se convierte en factura válida.
Pago electrónicoTarjeta débito, crédito u otro medio electrónico en el que intervenga una entidad vigilada por la Superintendencia Financiera.El pago en efectivo no cumple la regla general, aunque la factura exista.
Año correctoLa adquisición y su pago corresponden al periodo gravable 2025 que estás declarando.No mezcles facturas de 2024 o 2026 en la base del AG 2025.
Sin doble beneficioNo llevas la misma adquisición como costo, deducción, IVA descontable, ingreso no constitutivo, renta exenta, descuento u otro crédito fiscal.Excluye la compra o revisa con un profesional el tratamiento que corresponde.

Factura a tu nombre no significa beneficio automático

La factura es solo una parte de la prueba. También debes demostrar el medio y el periodo del pago y verificar que la adquisición no se haya usado en otra casilla. La información de facturación electrónica de la DIAN sirve para ubicar documentos, pero no reemplaza la conciliación con tus extractos.

Paso a paso para calcular el 1% en el AG 2025

  • Descarga o consulta tus facturas: revisa en los servicios de la DIAN la información del Sistema de Facturación Electrónica y conserva los XML, representaciones gráficas o comprobantes que tengas disponibles.
  • Filtra por comprador: confirma que cada documento tenga tu nombre y tu NIT o número de identificación. Separa facturas de venta, notas crédito y documentos que no sean compras tuyas.
  • Comprueba el pago: concilia cada factura con el extracto de la tarjeta, cuenta o medio electrónico autorizado. El pago debe estar hecho dentro de 2025, aunque la factura sea consultada después.
  • Excluye duplicados y beneficios cruzados: no incluyas una compra ya usada como costo, gasto, deducción, IVA descontable, renta exenta, descuento o crédito fiscal.
  • Suma el valor elegible: usa el valor total de las adquisiciones que sobreviven al filtro. Para el cálculo del límite, la DIAN ha indicado que el valor total de la factura incluye el IVA, salvo el tratamiento que debas excluir por la regla de no duplicidad.
  • Calcula el beneficio: multiplica la suma elegible por 1% y limita el resultado a 240 UVT, es decir, $11.951.760 para 2025.
  • Revisa la declaración: al diligenciar el Formulario 210 responde la pregunta del sistema sobre compras que cumplen el numeral 5 del artículo 336; la base se registra en la casilla 299 y la deducción se refleja en la casilla 28.

La declaración sugerida es un punto de partida

Para el AG 2025, la DIAN indica que la declaración sugerida toma datos de terceros y del Sistema de Facturación Electrónica para prediligenciar algunas casillas, pero debes validar y ajustar todo a tu realidad jurídica, económica y financiera. Si el sistema no incluye una factura o incluye una que no puedes soportar, no la agregues o mantengas a ciegas.

¿Dónde aparece en el Formulario 210?

El instructivo oficial del Formulario 210 para 2025 describe la casilla 28 como “Uno por ciento (1%) de compras con factura electrónica”. El servicio de diligenciamiento habilita la base en la casilla 299 cuando respondes que tienes compras que cumplen el numeral 5 del artículo 336; con esa base calcula la deducción de la casilla 28. El valor de la casilla 28 se integra a la liquidación de la cédula general, pero no lo debes digitar como si fuera una retención o un descuento directo del impuesto.

Cómo leer las casillas relacionadas con el 1% de factura electrónica
Casilla o datoQué representaQué revisar
299Compra de bienes y/o servicios con factura electrónica que cumplen los requisitos del numeral 5 del artículo 336.Base total elegible, sin compras de otros años ni operaciones duplicadas.
28Uno por ciento (1%) de compras con factura electrónica.1% de la base, limitado a 240 UVT del año gravable.
92Suma de la deducción del 1%, otras rentas exentas y deducciones imputables limitadas y adiciones indicadas por el formulario.No confundas esta suma con el límite del 40%: la deducción del 1% tiene la excepción que explica el instructivo.
93Renta líquida ordinaria de la cédula general después de las deducciones que correspondan.Comprueba que el resultado no sea menor que cero por incluir indebidamente el beneficio.

No reemplaza otras deducciones

La compra que uses para el 1% no puede volver a aparecer como gasto o deducción de tu actividad. Si eres independiente, empleado con ingresos adicionales o arrendador, separa primero los costos y deducciones propios de cada renta y luego revisa qué compras personales quedan disponibles para el beneficio.

¿El valor incluye IVA y qué pasa con compras del negocio?

En el Concepto DIAN 3313 de 2024 , reiterado en el Concepto 4578 de 2024 , la entidad explicó que “valor de las adquisiciones” se entiende como el valor total pagado, incluido el IVA, para calcular el límite de 240 UVT. Esa lectura no permite obtener dos veces el beneficio sobre la misma operación.

Si una compra está relacionada con tu actividad, primero decide y soporta su tratamiento fiscal: puede ser un costo o una deducción procedente, o puede quedar fuera de esa categoría y analizarse para el 1% si cumple todas las condiciones. No registres simultáneamente el mismo valor en gastos del negocio y en compras con factura electrónica. Si el IVA fue tratado como impuesto descontable u otro beneficio, no lo vuelvas a usar sin revisar la exclusión aplicable.

Decisión práctica para evitar doble beneficio
SituaciónTratamiento prudenteSoporte principal
Compra personalPuede entrar al 1% si la factura, el pago, el proveedor y el periodo cumplen.Factura electrónica y extracto del pago.
Compra usada como costo o gastoNo la cuentes otra vez en la base del 1%; mantén el tratamiento de la renta que corresponda.Factura, relación con la actividad y soportes del costo o deducción.
Compra con IVA tratado aparteRevisa si el IVA se tomó como descontable u otro beneficio y excluye lo que la regla de no duplicidad impida usar.Factura, declaración de IVA y conciliación fiscal, si aplican.
Compra de uso mixtoNo asumas que todo el valor es elegible; separa el uso y pide revisión si el tratamiento no es claro.Factura, prueba de pago, proporción de uso y soportes de la actividad.

¿Qué pasa si la factura dice efectivo, pero pagaste electrónicamente?

La regla general exige que la factura electrónica esté pagada por los medios autorizados. Sin embargo, en el Concepto DIAN 6258 de 2024 , la entidad analizó el caso en que la factura se marcó como efectivo por un error de digitación, pero el contribuyente podía demostrar que pagó con tarjeta o un medio electrónico permitido. La conclusión fue favorable bajo esas pruebas, no una autorización general para incluir pagos en efectivo.

  • Conserva el extracto de la tarjeta o cuenta donde aparezca el pago, con fecha y valor conciliables con la factura.
  • Pide al proveedor corregir la información de la factura si es posible y guarda la comunicación o nota que explique el error.
  • Relaciona la factura, el comprobante de pago y el producto o servicio adquirido en una misma carpeta.
  • Si solo tienes una afirmación verbal o un retiro de efectivo, no trates ese documento como prueba equivalente de pago electrónico.

La excepción requiere evidencia idónea

La doctrina DIAN habla de libertad probatoria, pero también exige que la prueba sea idónea y tenga conexión con el hecho que quieres demostrar. Si el valor es relevante o el proveedor no corrige la factura, consulta a un contador antes de usar la deducción.

Errores frecuentes al usar el beneficio

  • Creer que cualquier recibo, factura física o tiquete POS equivale a una factura electrónica de venta con validación previa.
  • Sumar compras que están a nombre del cónyuge, un familiar, una empresa o una cuenta distinta sin evidencia de que tú eres el adquirente.
  • Contar el 1% de cada factura sin aplicar el tope anual de 240 UVT o confundir el tope de la deducción con el total de las compras.
  • Usar el valor de compras de 2024 o 2026 para la declaración del AG 2025.
  • Tomar como pago electrónico una transferencia, billetera o medio que no permite demostrar la intervención de una entidad vigilada cuando la norma lo exige.
  • Duplicar una compra como costo o gasto de una actividad y como base del 1% de factura electrónica.
  • Copiar la información prediligenciada por la DIAN sin compararla con XML, facturas, extractos y notas crédito.
  • Pensar que la deducción devuelve el 1% del total comprado o que garantiza un saldo a favor.

No uses una factura anulada o reemplazada

Si existe una nota crédito, devolución o factura de reemplazo, concilia el documento final y el pago real. Guardar el primer PDF no basta si la operación cambió; la base debe corresponder a adquisiciones efectivamente realizadas y soportadas.

¿Qué soportes debes guardar?

Soportes para la deducción del 1% por compras con factura electrónica
SoporteQué debe demostrar
Factura electrónica de ventaNúmero, fecha, proveedor obligado, identificación del adquirente, descripción y valor de la adquisición.
Validación y estadoQue la factura fue validada por el sistema de facturación y no quedó anulada o reemplazada sin conciliación.
Pago electrónicoMedio autorizado, fecha de pago en 2025 y valor que se pueda relacionar con la factura.
Notas crédito o débitoCambios, devoluciones o anulaciones que modifiquen el valor que realmente se adquirió.
Hoja de cálculoLista de facturas incluidas, excluidas y razón de exclusión; suma elegible, 1% y tope de 240 UVT.
Formulario 210La respuesta del sistema, base de la casilla 299 y valor aplicado en la casilla 28.

La guía de factura electrónica para compradores explica cómo consultar una factura con el CUFE y cómo usarla como soporte. Complementa esa carpeta con la lista general de documentos y con la información que puedas descargar de tus bancos o proveedores de pagos.

¿Cómo ayuda Justi y cuál es su límite?

Justi puede ayudarte a organizar facturas, comprobantes y extractos, detectar documentos repetidos y preparar una lista de compras que requiere revisión. También puede comparar tus soportes con la información disponible para que identifiques faltantes antes de diligenciar el Formulario 210.

Esta guía complementa la guía general de deducciones, la revisión de retenciones y la guía de información exógena. Si eres independiente, revisa además la diferencia entre costos reales y renta exenta en la guía de honorarios.

Límite de la plataforma

Justi no valida jurídicamente la factura ante la DIAN, no confirma que el proveedor estuviera obligado a facturar, no decide si una compra es costo o gasto de tu actividad y no presenta ni firma tu declaración. Tú debes revisar la casilla 28, conservar los soportes y pedir ayuda profesional si hay operaciones mixtas, IVA descontable, pagos difíciles de probar o diferencias materiales con la DIAN.

Fuentes oficiales consultadas

Esta guía fue actualizada el 5 de agosto de 2026 para la declaración del año gravable 2025. Se revisaron el micrositio DIAN de renta de personas naturales AG 2025 , el Formulario 210 e instructivo oficial 2025 , el artículo 336 del Estatuto Tributario , el Abecé DIAN sobre deducciones por factura electrónica , el portal DIAN sobre beneficios de la facturación electrónica , la Resolución DIAN 165 de 2023 y los Conceptos DIAN 3313 , 4578 y 6258 de 2024 . Las reglas, casillas y valores pueden cambiar para otros años gravables: revisa siempre el formulario, instructivo y normas del periodo que vas a declarar.

Preguntas frecuentes

¿Qué es la deducción del 1% por factura electrónica?

Es una deducción para personas naturales que declaran ingresos de la cédula general. Permite restar el 1% del valor de adquisiciones elegibles soportadas con factura electrónica, con un máximo de 240 UVT en el año gravable. Para 2025, el máximo de la deducción es $11.951.760 porque la UVT fue de $49.799.

¿La deducción del 1% reduce el impuesto en 1%?

No. El 1% se resta de la renta líquida de la cédula general como una deducción; no es un descuento directo del impuesto. El ahorro final depende de tu renta gravable, tarifa, otras deducciones y retenciones.

¿Puedo usar cualquier factura o pagar en efectivo?

No. La factura debe ser electrónica de venta con validación previa, identificarte como adquirente, provenir de un obligado a facturar y estar pagada en el año por tarjeta débito, crédito o un medio electrónico en el que intervenga una entidad vigilada por la Superintendencia Financiera. Si la factura dice efectivo por un error, la DIAN admite analizar otras pruebas del pago electrónico, pero debes poder demostrarlo.

¿La factura POS o un recibo de caja sirven para el 1%?

La DIAN ha explicado que este beneficio se refiere a adquisiciones soportadas con factura electrónica de venta; su abecé distingue esa factura de otros documentos equivalentes, incluido el POS electrónico. No incluyas un recibo o tiquete como si fuera una factura electrónica válida para este beneficio.

¿La deducción del 1% entra en el límite del 40%?

No. El instructivo del Formulario 210 señala que esta deducción no está sujeta al límite general del numeral 3 del artículo 336. Tampoco se tiene en cuenta para calcular la retención en la fuente y no puede producir pérdidas.

¿Debo sumar el IVA al valor de las compras?

La DIAN ha conceptuado que, para calcular el valor de la adquisición y el límite de 240 UVT, se toma el valor total pagado de la factura, incluido el IVA. La compra no puede reutilizarse como costo, deducción, IVA descontable u otro beneficio; si existe un tratamiento separado del IVA o de la adquisición, revisa la exclusión que corresponda.

¿Justi puede escoger las facturas y presentar la deducción por mí?

Justi puede ayudarte a organizar facturas y pagos, detectar duplicados y preparar una revisión. No certifica que una factura cumpla todos los requisitos, no corrige información ante el vendedor o la DIAN y no firma ni presenta el Formulario 210 por ti. La selección final y la responsabilidad de la declaración son tuyas.

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