¿Qué es un dependiente económico en renta?
Para efectos tributarios, un dependiente económico es una persona que encaja en alguna de las categorías definidas por el parágrafo 2 del artículo 387 del Estatuto Tributario. La definición legal no convierte automáticamente en dependiente a cualquier familiar que viva contigo o que reciba ayuda ocasional.
La pregunta práctica no es solo “¿a quién mantengo?”, sino “¿qué categoría aplica, qué condición debo demostrar y qué deducción puedo usar?”. Esa respuesta define el valor, el formulario y los documentos que debes conservar para el año gravable 2025, que se declara en 2026.
Deducción no es descuento del impuesto
Las dos deducciones que debes separar
La reforma de la Ley 2277 de 2022 agregó una adición de 72 UVT por dependiente al artículo 336. El Decreto 2231 de 2023 aclaró cómo convive con la deducción del artículo 387 y que ambas aplican únicamente a ingresos provenientes de rentas de trabajo.
| Regla | Valor máximo | Dónde revisar |
|---|---|---|
| Artículo 387 | Hasta 10% mensual de las rentas de trabajo, con máximo de 32 UVT al mes. En 2025, 32 UVT son $1.593.568 mensuales. | Deducciones imputables de las rentas de trabajo; el sistema distribuye el resultado en el Formulario 210. |
| Artículo 336, numeral 3 | 72 UVT anuales por dependiente, hasta cuatro. En 2025, $3.585.528 por cada uno y $14.342.112 como máximo teórico. | Adición por dependientes a la casilla 92, identificada en la casilla 139. |
| No duplicidad | Un mismo dependiente normalmente solo genera una de las dos deducciones. | La excepción para rentas de una relación laboral o legal y reglamentaria debe estar soportada y reflejarse en el diligenciamiento. |
La adición de 72 UVT no es cuatro veces por cada familiar
¿Quién puede ser dependiente?
Estas son las categorías que debes confrontar con tu situación del AG 2025. La edad, los ingresos y las certificaciones cambian según la persona; no uses una prueba de una categoría para justificar otra.
| Persona | Condición principal | Soporte que debes revisar |
|---|---|---|
| Hijo hasta 18 años | Tener hasta 18 años dentro de la categoría legal de dependiente. | Registro civil, identificación y evidencia de la relación familiar y del cuidado económico. |
| Hijo de 18 a 25 años | Financiar estudios en educación superior formal certificada o en programa técnico de educación no formal acreditado. | Registro civil, certificado de matrícula o estudios y soportes de pagos o financiación de la educación. |
| Hijo mayor de 18 años | Dependencia originada en factores físicos o psicológicos certificados por el Ministerio de Salud y Protección Social o la entidad que determinen las normas vigentes. | Registro civil, identificación y certificación emitida por la entidad competente. |
| Cónyuge o compañero permanente | Ausencia de ingresos o ingresos anuales menores a 260 UVT, certificados por contador público; o dependencia por factores físicos o psicológicos certificada por Medicina Legal. | Certificación del contador o certificación médico-legal, según el caso, además de la identificación y prueba del vínculo. |
| Padres o hermanos | Ausencia de ingresos o ingresos anuales menores a 260 UVT, certificados por contador público; o dependencia por factores físicos o psicológicos certificada por Medicina Legal. | Certificación del contador o de Medicina Legal, identificación y prueba del vínculo. |
| Familia de crianza | Reconocimiento del parentesco conforme a la Ley 2388 de 2024 y cumplimiento de la categoría de dependiente que corresponda. | Sentencia de juez de familia o escritura pública ante notario, más los soportes de la categoría y dependencia económica. |
La Ley 2411 cambió dos requisitos de hijos mayores
Topes en pesos para el AG 2025
La Resolución DIAN 193 de 2024 fijó la UVT de 2025 en $49.799. Estas conversiones son útiles para revisar certificados y cálculos, pero la declaración debe conservar también la cifra en UVT y aplicar las aproximaciones de ley.
| Regla | UVT | Valor aproximado en 2025 |
|---|---|---|
| Adición anual por dependiente | 72 UVT | $3.585.528 por dependiente |
| Adición máxima por cuatro dependientes | 288 UVT | $14.342.112 |
| Máximo mensual artículo 387 | 32 UVT | $1.593.568 por mes |
| Umbral anual de ingresos | 260 UVT | $12.947.740; aplica a cónyuge, compañero, padres y hermanos en las categorías de ausencia o bajos ingresos |
Ejemplo de lectura, no liquidación completa
Paso a paso para usar la deducción
- Haz el inventario: identifica a cada persona que sostuviste en 2025 y separa hijos, pareja, padres, hermanos y familia de crianza. No empieces por el número máximo.
- Ubica la categoría: revisa edad, estudios, ingresos o condición física o psicológica. Si una persona encaja en más de una descripción, conserva la prueba de la que realmente usarás.
- Reúne los soportes: solicita certificados de estudio, certificaciones de contador, documentos civiles, certificaciones médicas o reconocimiento de familia de crianza antes de cerrar la declaración.
- Calcula la regla del artículo 387: para rentas de trabajo, revisa el 10% mensual y el máximo de 32 UVT. No conviertas automáticamente el tope mensual en una deducción anual si tus ingresos o tu condición de dependiente cambiaron durante el año.
- Calcula la adición de 72 UVT: cuenta hasta cuatro dependientes y revisa si puedes usarla en adición al límite del artículo 336. El mismo dependiente no debe aparecer dos veces, salvo la excepción de ingresos laborales que debes comprobar.
- Diligencia el Formulario 210: responde las preguntas del Servicio Informático, verifica la casilla 138 y revisa que la adición de la casilla 139 no exceda la renta líquida disponible.
- Concilia antes de firmar: compara la información precargada con tus documentos, verifica que ningún otro contribuyente haya usado el mismo soporte de forma incompatible y guarda la versión final de tu cálculo.
No copies la declaración sugerida a ciegas
¿Dónde aparece en el Formulario 210?
El instructivo vigente del Formulario 210 identifica la casilla 138 como el número de dependientes económicos y la casilla 139 como la adición por dependientes a la casilla 92. La deducción mensual del artículo 387 se revisa dentro de las deducciones imputables de las rentas de trabajo; el sistema puede distribuirla en la liquidación según la información que diligencies.
| Casilla o dato | Qué significa | Qué revisar |
|---|---|---|
| Deducciones de rentas de trabajo | Incluye las deducciones imputables de las rentas de trabajo, entre ellas la regla del artículo 387 cuando corresponda. | Que el ingreso sea renta de trabajo y que no hayas escogido otra deducción incompatible para el mismo dependiente. |
| 92 | Rentas exentas y deducciones imputables limitadas de la cédula general, con la adición que corresponda. | Aplicación del límite del 40% y 1.340 UVT a los componentes que sí están limitados. |
| 138 | Número de dependientes económicos según la información registrada en el Servicio Informático. | Que el conteo coincida con las personas y documentos que realmente soportas. |
| 139 | Adición por dependientes a la casilla 92: 72 UVT por dependiente, hasta cuatro. | Que no dupliques beneficios y que el valor no supere la renta líquida de trabajo disponible. |
La casilla 139 no es una retención
¿Qué soportes debes guardar?
| Soporte | Qué debe demostrar |
|---|---|
| Identificación y parentesco | Quién es la persona, cuál es el vínculo y qué categoría legal estás usando. |
| Estudios | Institución, programa, periodo y financiación de la educación cuando se trate de un hijo entre 18 y 25 años. |
| Ingresos del dependiente | Ausencia de ingresos o ingresos inferiores a 260 UVT cuando esa sea la condición; conserva la certificación del contador público. |
| Condición física o psicológica | La certificación de la entidad competente; para padres y hermanos, la DIAN ha precisado que corresponde a Medicina Legal. |
| Familia de crianza | Sentencia o escritura pública de reconocimiento conforme a la Ley 2388 de 2024 y los soportes adicionales de dependencia. |
| Cálculo y declaración | La cuenta en UVT y pesos, la elección entre deducciones, los documentos que la soportan y la declaración presentada. |
Guarda el expediente completo
Errores frecuentes
- Declarar a un hijo, pareja, padre o hermano únicamente porque vive en el mismo domicilio o porque recibe ayuda ocasional.
- Seguir el límite antiguo de 23 años para hijos estudiantes y no revisar la ampliación vigente a 25 años.
- Usar la certificación de Medicina Legal para un hijo mayor de 18 años sin comprobar la entidad competente bajo la Ley 2411, o usarla de forma incorrecta para padres y hermanos.
- Confundir 72 UVT anuales por dependiente con 72 UVT mensuales o multiplicar el beneficio más de cuatro veces.
- Aplicar la deducción de 72 UVT a rentas de capital, pensiones, dividendos o ganancias ocasionales, cuando la regla está vinculada a rentas de trabajo.
- Tomar las dos deducciones por el mismo dependiente sin verificar la excepción de una relación laboral o legal y reglamentaria.
- Creer que el patrimonio del dependiente lo excluye automáticamente o, al contrario, que la falta de patrimonio prueba la dependencia.
- Declarar mascotas como dependientes: la DIAN ha descartado esa interpretación.
- Confundir el apoyo económico familiar con el reconocimiento formal de una familia de crianza.
La prueba debe corresponder a la categoría
¿Cómo ayuda Justi y cuál es su límite?
Justi puede ayudarte a organizar los documentos de cada dependiente, identificar qué soporte falta, separar rentas de trabajo de otras rentas y revisar que el conteo del Formulario 210 coincida con tu expediente. También puede mostrarte el efecto de una deducción dentro del cálculo general sin convertirlo en una aprobación de la DIAN.
Puedes complementar esta guía con la guía general de deducciones, la guía para empleados con ingresos adicionales y el checklist de documentos.
Límite de la plataforma
Fuentes oficiales consultadas
Esta guía fue actualizada el 5 de agosto de 2026 para la declaración del año gravable 2025. Se revisaron el micrositio DIAN de renta de personas naturales AG 2025 , el Formulario 210 e instructivo publicado para 2026 , los artículos 336 y 387 del Estatuto Tributario , la Ley 2277 de 2022 , la reglamentación del Decreto 2231 de 2023 , la Ley 2411 de 2024 y la Resolución DIAN 193 de 2024 sobre la UVT 2025 . También se consultaron los Conceptos DIAN 11383 de 2024 , 9003 de 2024 y 5185 de 2025 .
Preguntas frecuentes
¿Cuánto puedo deducir por un dependiente en la renta del AG 2025?
Hay dos reglas que debes separar. La deducción del artículo 387 puede ser de hasta el 10% mensual de las rentas de trabajo, con máximo de 32 UVT mensuales. Además, para el AG 2023 y siguientes existe una adición de 72 UVT anuales por dependiente, hasta cuatro dependientes, cuando tienes rentas de trabajo. Con la UVT 2025 de $49.799, 72 UVT son $3.585.528 y cuatro dependientes equivalen a $14.342.112.
¿Puedo usar las dos deducciones por el mismo dependiente?
La regla general es que un mismo dependiente solo da lugar a una de las dos deducciones. La excepción reconocida en el Formulario 210 opera cuando tienes ingresos provenientes de una relación laboral o legal y reglamentaria: en ese caso puede aplicarse la deducción mensual del artículo 387 y la adición de 72 UVT por el mismo dependiente, si cumples los demás requisitos.
¿Hasta qué edad cuenta un hijo que estudia?
La regla vigente permite considerar al hijo entre 18 y 25 años cuando financias su educación en una institución formal de educación superior certificada por el ICFES o la autoridad oficial, o en un programa técnico de educación no formal debidamente acreditado. Guarda el certificado de estudios y la evidencia de que financiaste la educación.
¿Puedo declarar a mi pareja, mis padres o mis hermanos como dependientes?
Sí, pero no basta el parentesco. El cónyuge o compañero permanente, y los padres o hermanos, deben estar sin ingresos o tener ingresos anuales menores a 260 UVT, con certificación de contador público; también pueden calificar por dependencia originada en factores físicos o psicológicos, con la certificación que corresponda. Para padres y hermanos, la DIAN ha precisado que esa certificación es de Medicina Legal.
¿La familia de crianza puede dar derecho a la deducción?
Puede darlo cuando el parentesco de crianza se reconoce por juez de familia o mediante escritura pública ante notario conforme a la Ley 2388 de 2024, y la persona cumple además las condiciones de dependiente del artículo 387. La convivencia o el apoyo familiar por sí solos no reemplazan ese reconocimiento ni la prueba de dependencia económica.
¿Un dependiente puede tener patrimonio propio?
La DIAN ha indicado que la sola existencia de patrimonio del dependiente no determina por sí misma la procedencia de la deducción. Debes revisar la categoría concreta, los requisitos de ingresos o dependencia y los soportes que correspondan; no uses la deducción solo porque la persona vive contigo.
¿Justi certifica mis dependientes o presenta la deducción por mí?
No. Justi puede ayudarte a ordenar identificaciones, certificados, soportes de estudio y la información de tu declaración, pero no expide certificaciones, no determina por sí sola la dependencia económica ni firma o presenta el Formulario 210. La selección final y la responsabilidad de la declaración son tuyas.
Deja que Justi haga los cálculos.
Sube tus certificados: la IA lee documentos y el motor tributario calcula tu declaración, casilla por casilla. Empiezas gratis y pagas desde $120.000 solo al final.