Casos difíciles · Deudas condonadas

¿Cómo declarar una deuda condonada en renta?

Aprende cómo revisar en el año gravable 2025 una deuda condonada: diferencia entre préstamo y liberación del pasivo, ganancia ocasional, apoyos educativos públicos no constitutivos, Formulario 210, soportes y remisibilidad.

Actualizado el 23 de agosto de 2026 · Año gravable 2025 (se declara en 2026) · UVT $49.799

La respuesta corta: no confundas préstamo con condonación

Recibir un préstamo y dejar de deberlo son dos hechos tributarios distintos. Cuando te entregan el capital, normalmente recibes un activo y asumes un pasivo: el dinero puede estar en el banco, haberse invertido o haberse usado para comprar otro bien, pero la obligación de devolverlo sigue existiendo. Cuando el acreedor renuncia válidamente al cobro, disminuye o desaparece el pasivo y debes analizar el beneficio que esa liberación produjo.

El artículo 26 del Estatuto Tributario parte de la renta líquida gravable y el incremento neto del patrimonio, mientras el artículo 27 contiene las reglas de realización del ingreso para quienes no llevan contabilidad. En su Concepto 5639 de 2023 , la DIAN indicó que el ingreso del deudor resultante de una condonación por mera liberalidad constituye ganancia ocasional bajo el artículo 302.

Primero identifica el acto jurídico

“Me rebajaron la deuda” no basta como clasificación. Pregunta si hubo perdón gratuito, pago parcial con saldo liberado, dación en pago, descuento comercial, compensación, novación, acuerdo de reorganización o un apoyo educativo con recursos públicos. La etiqueta contable y el movimiento bancario no sustituyen el documento que explica por qué terminó la obligación.

Qué tratamiento puede tener cada situación

Clasificación inicial de deudas condonadas en el año gravable 2025
SituaciónRuta tributaria inicialQué debes probar
Deuda privada o comercial condonada gratisPuede constituir ganancia ocasional por un acto entre vivos a título gratuito, conforme al artículo 302 y la doctrina DIAN.Acreedor, saldo liberado, fecha, voluntad de condonar y documento que extingue la obligación.
Beca-crédito o apoyo educativo estatalPuede ser ingreso no constitutivo de renta ni ganancia ocasional si se entregó por el Estado o fue financiado con recursos públicos y se destinó a educación.Entidad, programa, origen de los recursos, condiciones de condonación, certificado y fecha de cumplimiento.
Crédito educativo vinculado al empleoRequiere revisar simultáneamente la relación laboral, el origen público o privado y las reglas específicas del pago educativo; no lo clasifiques por intuición.Contrato laboral, reglamento, certificado del empleador, programa educativo, pagos y fuente de financiación.
Acuerdo de pago o quita comercialLa diferencia entre saldo, pago y valor liberado puede tener un tratamiento distinto al de una liberalidad; la causa y la negociación son determinantes.Acuerdo firmado, liquidación de saldo, comprobantes del pago y certificación del acreedor.
Remisibilidad de una obligación tributariaNo es automáticamente una condonación civil ni un ingreso para el contribuyente; depende del procedimiento oficial y de la norma que lo autorice.Acto de la DIAN, obligación, fundamento legal, fecha y alcance de la actuación.

La tabla es una ruta de clasificación, no una liquidación automática. La excepción de apoyos educativos se encuentra en el artículo 46 del Estatuto Tributario y en el artículo 1.2.1.12.8 del Decreto 1625 de 2016 . Para una condonación privada por mera liberalidad, la referencia específica es el artículo 302 y el concepto DIAN citado.

Condonación privada: cuándo aparece la ganancia ocasional

La condonación es relevante cuando el acreedor renuncia de manera gratuita a exigir el pago. Si tenías una deuda de $50.000.000 y el acreedor libera $20.000.000 sin recibir un pago equivalente por esa parte, esos $20.000.000 no deben desaparecer de la conciliación: representan una disminución del pasivo y un beneficio que debes clasificar según la causa y la doctrina aplicable.

La DIAN ha señalado que la condonación por mera liberalidad de una deuda de un contribuyente del régimen ordinario constituye ganancia ocasional bajo el artículo 302, que incluye los actos jurídicos celebrados entre vivos a título gratuito. Esto no significa que toda diferencia entre el saldo y el pago sea automáticamente una ganancia ocasional: un descuento de negociación, una dación en pago o una operación vinculada puede requerir otra lectura.

El ingreso no es el dinero original

Si recibiste $50.000.000 como préstamo, no vuelvas a declarar esos $50.000.000 como ingreso cuando recibas el desembolso. Si después te condonan $20.000.000, el análisis se concentra en la parte efectivamente liberada, el año de extinción y la naturaleza jurídica de la liberación. Los $30.000.000 pagados o aún exigibles se concilian como pago o deuda, no como una segunda renta.

Apoyos educativos condonados: la excepción que debes revisar

El artículo 46 del Estatuto Tributario establece que no constituyen renta ni ganancia ocasional los apoyos económicos no reembolsables o condonados, entregados por el Estado o financiados con recursos públicos, para financiar programas educativos. La DIAN explica que el requisito de financiación pública puede cumplirse aunque solo una de las fuentes sea pública, pero debes poder probarlo.

El Decreto 1625 ubica el apoyo en la cédula general. Si fue otorgado en razón de una relación laboral, legal o reglamentaria, se revisa como renta de trabajo; en caso contrario, como renta no laboral. El instructivo del Formulario 210 2026 orienta la renta de trabajo a las casillas 32 y 33, y la renta no laboral a las casillas 74 y 76: primero se informa el ingreso bruto y luego se resta como ingreso no constitutivo cuando corresponda.

No basta con que el programa se llame beca

“Beca-crédito”, “crédito condonable” o “auxilio educativo” son nombres del programa, no la prueba completa de la excepción. Reúne el acto de adjudicación, la entidad que financió, el programa educativo, las condiciones de condonación y el certificado de cumplimiento. Si el apoyo provino de un empleador privado sin recurso público, pide una revisión específica antes de tratarlo como no constitutivo.

Dónde se refleja en el Formulario 210

Casillas que pueden intervenir en el análisis
CasillaQué revisarError que debes evitar
29 · Patrimonio brutoActivos, dinero o derechos que poseías al 31 de diciembre, incluidos los bienes adquiridos con el préstamo.Confundir el total desembolsado con el patrimonio al cierre o excluir un activo porque tuvo origen crediticio.
30 · DeudasSaldo de obligaciones reales a cargo al 31 de diciembre, con documentos de fecha cierta cuando corresponda.Mantener una deuda que ya fue totalmente condonada o restar un pasivo sin soporte.
32 y 33 · Rentas de trabajoSi el apoyo educativo condonado cumple la excepción y nació de una relación laboral: ingreso bruto y no constitutivo.Llevar un perdón de deuda privada a esta ruta solo porque el acreedor era el empleador.
74 y 76 · Rentas no laboralesSi el apoyo educativo cumple la excepción, pero no nació de una relación laboral: ingreso bruto y no constitutivo.Confundir una ganancia ocasional privada con un ingreso no laboral no constitutivo.
112 · Ingresos por ganancias ocasionalesValor de la ganancia ocasional privada que resulte del análisis de la condonación gratuita, junto con los demás ingresos de esa sección.Llevar solo el dinero que recibiste originalmente o el saldo total de la deuda sin distinguir la parte liberada.
114 y 115 · No gravados/exentos y gravableBeneficios que la ley permita tratar como no gravados o exentos y la operación 112 - 113 - 114.Aplicar una exención sin norma o calcular la ganancia gravable sobre un saldo no documentado.
127 · Impuesto de ganancias ocasionalesPara AG 2025, el instructivo 2026 indica 15 % para las ganancias ocasionales gravables distintas de loterías, rifas y apuestas.Aplicar 20 % de premios o usar la tarifa de renta ordinaria sin revisar la naturaleza de la operación.

El instructivo oficial del Formulario 210 define la sección de ganancias ocasionales: casilla 112 para ingresos, 114 para no gravados y exentos, 115 para la ganancia gravable y 127 para el impuesto. La existencia de una casilla no prueba que tu caso deba ir allí: primero determina si hubo condonación gratuita, apoyo educativo público o una negociación con causa diferente.

No conserves el pasivo después del perdón total

Si la condonación fue total antes del 31 de diciembre, la deuda liberada ya no debe permanecer como pasivo en la casilla 30. Si fue parcial, conserva únicamente el saldo que seguía siendo exigible y guarda una liquidación que separe capital pagado, intereses, descuentos y valor condonado.

Ejemplos prácticos de clasificación

Ejemplos para separar capital, pago y condonación
CasoQué revisarOrientación inicial
Un familiar te prestó $40.000.000 y luego te perdonó $15.000.000Contrato, pagos, saldo, documento de liberación y si el perdón fue gratuito.Los $40.000.000 iniciales no son ingreso por el desembolso; los $15.000.000 liberados pueden ser ganancia ocasional si aplica el artículo 302.
El banco recibió $25.000.000 y certificó que el saldo restante de $5.000.000 quedó extinguidoAcuerdo de pago, liquidación y motivo de la diferencia.No declares los $25.000.000 como ingreso. Analiza los $5.000.000 liberados; una quita negociada no se clasifica sin leer el acuerdo.
Un crédito-beca público fue condonado al graduarteEntidad financiadora, recurso público, programa y certificado de cumplimiento.Puede ser ingreso no constitutivo bajo el artículo 46; ubícalo en la cédula general según su relación laboral o no laboral.
Tu empleador canceló una deuda educativa privada como parte de tu compensaciónContrato laboral, política de beneficios, certificado y origen de los recursos.No uses automáticamente la ruta de artículo 302 ni la excepción pública. Revisa si es pago laboral, apoyo educativo y si existió un beneficio legal aplicable.
La DIAN redujo intereses o declaró remisible una obligación tributariaActo oficial y fundamento legal vigente.No lo trates como una donación privada. La DIAN distingue la remisibilidad de la condonación civil o comercial.

Los ejemplos muestran por qué la fecha del préstamo no basta. La fecha relevante para el beneficio es la liberación documentada, pero la causa puede cambiar por completo la sección del formulario y el impuesto. Si el acreedor es una persona vinculada, el acuerdo no está firmado o la deuda se pagó con bienes, detén la clasificación automática.

Pasos para revisar una deuda condonada

  • 1. Define el año gravable: identifica si la obligación se creó, pagó o extinguió durante 2025; no mezcles el desembolso de un año con la condonación de otro.
  • 2. Reconstruye el saldo: parte del contrato o documento inicial y separa capital, intereses, seguros, pagos, descuentos y saldo pendiente.
  • 3. Identifica al acreedor: banco, familiar, empresa, empleador, entidad estatal, universidad, fondo o persona vinculada; la relación importa.
  • 4. Lee el acuerdo final: busca las expresiones “condona”, “remite”, “extingue”, “quita”, “dación en pago”, “compensación” o “acuerdo de pago” y revisa su efecto real.
  • 5. Prueba la causa: determina si fue una liberalidad gratuita, una contraprestación laboral, un apoyo educativo público o una negociación económica.
  • 6. Revisa la fecha de extinción: guarda la certificación del acreedor y el comprobante de pago o cumplimiento de las condiciones.
  • 7. Concilia patrimonio y deuda: verifica el activo que conservabas, el saldo de la obligación y la parte que dejó de existir al 31 de diciembre.
  • 8. Lleva el valor a la ruta correcta: ganancia ocasional, renta de trabajo, renta no laboral o ingreso no constitutivo, según el soporte y la norma aplicable.
  • 9. Revisa retenciones y exógena: una suma reportada por un tercero no decide por sí sola la naturaleza del beneficio, pero toda diferencia debe quedar explicada.
  • 10. Conserva la carpeta: archiva contrato, extractos, liquidación, acuerdo, certificados y la conciliación que respalda la declaración.

Errores frecuentes y soportes

  • Declarar el desembolso original de un préstamo como ingreso y volver a declarar la condonación como si fueran dos beneficios distintos.
  • Mantener en la casilla 30 una deuda que ya fue totalmente liberada antes del cierre del año.
  • Tratar toda quita bancaria como donación sin diferenciar pago parcial, dación en pago, descuento comercial o acuerdo de cartera.
  • Usar la excepción de apoyos educativos sin probar que el recurso fue entregado por el Estado o financiado con recursos públicos.
  • Llevar una condonación privada a la casilla 74 por costumbre, aunque la doctrina aplicable la trate como ganancia ocasional.
  • Aplicar una exención o una tarifa sin leer el instructivo vigente del Formulario 210 para el año gravable que estás declarando.
  • Confundir la remisibilidad excepcional de una obligación tributaria con un programa de perdón que cualquier contribuyente pueda solicitar.
  • Aceptar la declaración sugerida o la información exógena sin conciliar el préstamo, el saldo condonado y la fecha de extinción.
Carpeta mínima de soportes
SoporteQué debe demostrar
Contrato o pagaré inicialPartes, monto, fecha, obligación de pago, intereses y condiciones del préstamo.
Extractos y comprobantesDesembolso, pagos, transferencias, abonos y saldo realmente cancelado.
Acuerdo o certificación del acreedorValor condonado, fecha de extinción, causa, firma o validación y saldo final.
Soportes educativosPrograma, entidad, recursos públicos, condiciones de condonación y cumplimiento.
Certificado laboral o de la entidadSi el beneficio se originó en una relación laboral, beca, crédito educativo o política de compensación.
Conciliación patrimonialActivos al cierre, deuda pendiente, parte liberada y casillas revisadas del Formulario 210.

Cuándo pedir revisión profesional

Pide apoyo si el acreedor es tu empleador, socio, familiar vinculado o una entidad pública; si hubo dación en pago, insolvencia, reorganización, pagos en especie, moneda extranjera, intereses condonados o una deuda usada para adquirir un activo que aún conservas. También si el documento dice “descuento” pero en los hechos libera una deuda sin pago equivalente.

No confundas la condonación privada con la remisibilidad de impuestos

La DIAN informó en noviembre de 2025 que no existe un programa general para que el contribuyente solicite el perdón o la condonación de sus impuestos. La figura que menciona la entidad es la remisibilidad: un procedimiento excepcional, unilateral y facultativo sujeto a condiciones legales y a la actuación de la propia DIAN.

De forma consistente, el Concepto 11603 de 2026 diferencia los alivios tributarios creados por normas excepcionales de una condonación civil o comercial por mera liberalidad. Por eso, una reducción legal de sanciones o intereses, una remisibilidad o una terminación administrativa no se clasifica con la misma fórmula que el perdón privado de un préstamo.

No declares rumores ni borres obligaciones

Si recibes un mensaje que ofrece “borrar” la deuda con la DIAN, verifica el trámite en los canales oficiales. No cambies tu declaración ni dejes de pagar por una promesa de condonación; la obligación, los intereses y los efectos de cobro tienen reglas propias.

¿Cómo ayuda Justi y cuál es su límite?

Justi puede leer contratos, extractos, certificados y acuerdos; construir una línea de tiempo del préstamo; separar capital, pagos, descuentos y parte condonada; y mostrar cómo se conectan la casilla 30, el patrimonio y las secciones de rentas o ganancias ocasionales del Formulario 210.

Justi no determina por sí solo si el acreedor actuó por mera liberalidad, si una quita es una contraprestación laboral, si un programa tiene financiación pública o si un acto civil es válido. Tampoco reemplaza el concepto de un contador o abogado cuando el acuerdo afecta una empresa, una deuda garantizada, un proceso de insolvencia, una relación entre vinculados o una obligación tributaria.

La pregunta antes de firmar

Para cada valor liberado debes poder responder: ¿cuál era la deuda?, ¿cuánto pagué?, ¿cuánto dejó de ser exigible?, ¿por qué se liberó?, ¿en qué fecha?, ¿qué documento lo prueba? y ¿por qué va a ganancias ocasionales, renta, ingreso no constitutivo o ninguna de esas rutas? Si no puedes contestar una de ellas, aún no cierres la declaración.

Para completar el análisis, revisa también las guías de préstamos recibidos, herencias y donaciones, patrimonio y deudas y saldo a pagar o saldo a favor cuando esos conceptos aparezcan en la carpeta.

Fuentes oficiales consultadas

Preguntas frecuentes

¿Una deuda condonada se declara como ingreso en renta?

Depende de la causa y de quién la condonó. La condonación gratuita de una deuda privada o comercial puede constituir ganancia ocasional para el deudor, porque se extingue un pasivo y aumenta su patrimonio. La DIAN ha tratado esa hipótesis bajo el artículo 302 del Estatuto Tributario. Un apoyo educativo estatal o financiado con recursos públicos tiene una excepción específica y puede ser ingreso no constitutivo de renta ni ganancia ocasional.

¿En qué año se declara la condonación?

En el año gravable en que la obligación queda válidamente extinguida y puedes probar el acto, acuerdo, certificación o documento del acreedor. El desembolso original del préstamo no es, por sí solo, el ingreso de la condonación. Si hubo pagos parciales, dación en pago, descuento por pronto pago o una renegociación, debes reconstruir qué parte se pagó y qué parte fue efectivamente liberada.

¿En qué casilla del Formulario 210 va una deuda privada perdonada?

Cuando el tratamiento aplicable sea el de ganancia ocasional, el valor se analiza en la sección de ganancias ocasionales: ingreso en la casilla 112, costos solo si existe un costo fiscal procedente, exentos o no gravados en la 114, ganancia gravable en la 115 e impuesto en la 127. No lleves automáticamente el valor a la casilla 74 de rentas no laborales ni conserves la deuda en la casilla 30 después de que fue extinguida.

¿Un préstamo recibido es ingreso aunque después me lo condonen?

Mientras el préstamo sea exigible, el capital recibido se analiza como dinero o activo y una deuda, no como ingreso gravado por el solo desembolso. Si el acreedor libera total o parcialmente la obligación, la parte liberada tiene un tratamiento distinto y se realiza cuando se extingue el pasivo. Conserva el contrato inicial, los pagos, el saldo y el documento de condonación.

¿Una beca-crédito o apoyo educativo condonado paga renta?

No necesariamente. Los apoyos económicos no reembolsables o condonados entregados por el Estado o financiados con recursos públicos para programas educativos son ingresos no constitutivos de renta ni ganancia ocasional, si cumplen las condiciones legales. Se reportan en la cédula general: en rentas de trabajo cuando nacen de una relación laboral y, en los demás casos, en rentas no laborales como ingreso no constitutivo.

¿La condonación de un banco es igual a una donación?

No uses la palabra donación sin revisar el negocio. La doctrina DIAN considera que la condonación por mera liberalidad puede quedar comprendida en el artículo 302 como un acto gratuito entre vivos, pero un acuerdo de pago, una dación en pago, una quita comercial o un descuento puede tener hechos y documentos diferentes. Identifica el saldo original, el valor pagado, el valor liberado y la causa jurídica.

¿La DIAN puede perdonar mi impuesto y eso se declara como ingreso?

No existe un programa general para pedirle a la DIAN que perdone impuestos. La entidad distingue la remisibilidad, que es un procedimiento excepcional y facultativo sujeto a condiciones legales, de una condonación civil o comercial. No conviertas un mensaje de redes, un beneficio temporal o la baja administrativa de una obligación en una condonación privada sin verificar el acto oficial aplicable.

¿Cómo puede ayudar Justi con una deuda condonada?

Justi puede ordenar el contrato, extractos, pagos, certificados y la fecha de liberación; separar préstamo, pago, descuento y condonación; y mostrar cómo se relacionan patrimonio, deudas y Formulario 210. No determina por sí solo la validez civil del acuerdo, no certifica que una quita sea gratuita, no decide si un apoyo educativo tiene recursos públicos y no reemplaza la revisión profesional en acuerdos con bancos, empleadores, vinculados o entidades públicas.

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