La respuesta corta: no confundas préstamo con condonación
Recibir un préstamo y dejar de deberlo son dos hechos tributarios distintos. Cuando te entregan el capital, normalmente recibes un activo y asumes un pasivo: el dinero puede estar en el banco, haberse invertido o haberse usado para comprar otro bien, pero la obligación de devolverlo sigue existiendo. Cuando el acreedor renuncia válidamente al cobro, disminuye o desaparece el pasivo y debes analizar el beneficio que esa liberación produjo.
El artículo 26 del Estatuto Tributario parte de la renta líquida gravable y el incremento neto del patrimonio, mientras el artículo 27 contiene las reglas de realización del ingreso para quienes no llevan contabilidad. En su Concepto 5639 de 2023 , la DIAN indicó que el ingreso del deudor resultante de una condonación por mera liberalidad constituye ganancia ocasional bajo el artículo 302.
Primero identifica el acto jurídico
Qué tratamiento puede tener cada situación
| Situación | Ruta tributaria inicial | Qué debes probar |
|---|---|---|
| Deuda privada o comercial condonada gratis | Puede constituir ganancia ocasional por un acto entre vivos a título gratuito, conforme al artículo 302 y la doctrina DIAN. | Acreedor, saldo liberado, fecha, voluntad de condonar y documento que extingue la obligación. |
| Beca-crédito o apoyo educativo estatal | Puede ser ingreso no constitutivo de renta ni ganancia ocasional si se entregó por el Estado o fue financiado con recursos públicos y se destinó a educación. | Entidad, programa, origen de los recursos, condiciones de condonación, certificado y fecha de cumplimiento. |
| Crédito educativo vinculado al empleo | Requiere revisar simultáneamente la relación laboral, el origen público o privado y las reglas específicas del pago educativo; no lo clasifiques por intuición. | Contrato laboral, reglamento, certificado del empleador, programa educativo, pagos y fuente de financiación. |
| Acuerdo de pago o quita comercial | La diferencia entre saldo, pago y valor liberado puede tener un tratamiento distinto al de una liberalidad; la causa y la negociación son determinantes. | Acuerdo firmado, liquidación de saldo, comprobantes del pago y certificación del acreedor. |
| Remisibilidad de una obligación tributaria | No es automáticamente una condonación civil ni un ingreso para el contribuyente; depende del procedimiento oficial y de la norma que lo autorice. | Acto de la DIAN, obligación, fundamento legal, fecha y alcance de la actuación. |
La tabla es una ruta de clasificación, no una liquidación automática. La excepción de apoyos educativos se encuentra en el artículo 46 del Estatuto Tributario y en el artículo 1.2.1.12.8 del Decreto 1625 de 2016 . Para una condonación privada por mera liberalidad, la referencia específica es el artículo 302 y el concepto DIAN citado.
Condonación privada: cuándo aparece la ganancia ocasional
La condonación es relevante cuando el acreedor renuncia de manera gratuita a exigir el pago. Si tenías una deuda de $50.000.000 y el acreedor libera $20.000.000 sin recibir un pago equivalente por esa parte, esos $20.000.000 no deben desaparecer de la conciliación: representan una disminución del pasivo y un beneficio que debes clasificar según la causa y la doctrina aplicable.
La DIAN ha señalado que la condonación por mera liberalidad de una deuda de un contribuyente del régimen ordinario constituye ganancia ocasional bajo el artículo 302, que incluye los actos jurídicos celebrados entre vivos a título gratuito. Esto no significa que toda diferencia entre el saldo y el pago sea automáticamente una ganancia ocasional: un descuento de negociación, una dación en pago o una operación vinculada puede requerir otra lectura.
El ingreso no es el dinero original
Apoyos educativos condonados: la excepción que debes revisar
El artículo 46 del Estatuto Tributario establece que no constituyen renta ni ganancia ocasional los apoyos económicos no reembolsables o condonados, entregados por el Estado o financiados con recursos públicos, para financiar programas educativos. La DIAN explica que el requisito de financiación pública puede cumplirse aunque solo una de las fuentes sea pública, pero debes poder probarlo.
El Decreto 1625 ubica el apoyo en la cédula general. Si fue otorgado en razón de una relación laboral, legal o reglamentaria, se revisa como renta de trabajo; en caso contrario, como renta no laboral. El instructivo del Formulario 210 2026 orienta la renta de trabajo a las casillas 32 y 33, y la renta no laboral a las casillas 74 y 76: primero se informa el ingreso bruto y luego se resta como ingreso no constitutivo cuando corresponda.
No basta con que el programa se llame beca
Dónde se refleja en el Formulario 210
| Casilla | Qué revisar | Error que debes evitar |
|---|---|---|
| 29 · Patrimonio bruto | Activos, dinero o derechos que poseías al 31 de diciembre, incluidos los bienes adquiridos con el préstamo. | Confundir el total desembolsado con el patrimonio al cierre o excluir un activo porque tuvo origen crediticio. |
| 30 · Deudas | Saldo de obligaciones reales a cargo al 31 de diciembre, con documentos de fecha cierta cuando corresponda. | Mantener una deuda que ya fue totalmente condonada o restar un pasivo sin soporte. |
| 32 y 33 · Rentas de trabajo | Si el apoyo educativo condonado cumple la excepción y nació de una relación laboral: ingreso bruto y no constitutivo. | Llevar un perdón de deuda privada a esta ruta solo porque el acreedor era el empleador. |
| 74 y 76 · Rentas no laborales | Si el apoyo educativo cumple la excepción, pero no nació de una relación laboral: ingreso bruto y no constitutivo. | Confundir una ganancia ocasional privada con un ingreso no laboral no constitutivo. |
| 112 · Ingresos por ganancias ocasionales | Valor de la ganancia ocasional privada que resulte del análisis de la condonación gratuita, junto con los demás ingresos de esa sección. | Llevar solo el dinero que recibiste originalmente o el saldo total de la deuda sin distinguir la parte liberada. |
| 114 y 115 · No gravados/exentos y gravable | Beneficios que la ley permita tratar como no gravados o exentos y la operación 112 - 113 - 114. | Aplicar una exención sin norma o calcular la ganancia gravable sobre un saldo no documentado. |
| 127 · Impuesto de ganancias ocasionales | Para AG 2025, el instructivo 2026 indica 15 % para las ganancias ocasionales gravables distintas de loterías, rifas y apuestas. | Aplicar 20 % de premios o usar la tarifa de renta ordinaria sin revisar la naturaleza de la operación. |
El instructivo oficial del Formulario 210 define la sección de ganancias ocasionales: casilla 112 para ingresos, 114 para no gravados y exentos, 115 para la ganancia gravable y 127 para el impuesto. La existencia de una casilla no prueba que tu caso deba ir allí: primero determina si hubo condonación gratuita, apoyo educativo público o una negociación con causa diferente.
No conserves el pasivo después del perdón total
Ejemplos prácticos de clasificación
| Caso | Qué revisar | Orientación inicial |
|---|---|---|
| Un familiar te prestó $40.000.000 y luego te perdonó $15.000.000 | Contrato, pagos, saldo, documento de liberación y si el perdón fue gratuito. | Los $40.000.000 iniciales no son ingreso por el desembolso; los $15.000.000 liberados pueden ser ganancia ocasional si aplica el artículo 302. |
| El banco recibió $25.000.000 y certificó que el saldo restante de $5.000.000 quedó extinguido | Acuerdo de pago, liquidación y motivo de la diferencia. | No declares los $25.000.000 como ingreso. Analiza los $5.000.000 liberados; una quita negociada no se clasifica sin leer el acuerdo. |
| Un crédito-beca público fue condonado al graduarte | Entidad financiadora, recurso público, programa y certificado de cumplimiento. | Puede ser ingreso no constitutivo bajo el artículo 46; ubícalo en la cédula general según su relación laboral o no laboral. |
| Tu empleador canceló una deuda educativa privada como parte de tu compensación | Contrato laboral, política de beneficios, certificado y origen de los recursos. | No uses automáticamente la ruta de artículo 302 ni la excepción pública. Revisa si es pago laboral, apoyo educativo y si existió un beneficio legal aplicable. |
| La DIAN redujo intereses o declaró remisible una obligación tributaria | Acto oficial y fundamento legal vigente. | No lo trates como una donación privada. La DIAN distingue la remisibilidad de la condonación civil o comercial. |
Los ejemplos muestran por qué la fecha del préstamo no basta. La fecha relevante para el beneficio es la liberación documentada, pero la causa puede cambiar por completo la sección del formulario y el impuesto. Si el acreedor es una persona vinculada, el acuerdo no está firmado o la deuda se pagó con bienes, detén la clasificación automática.
Pasos para revisar una deuda condonada
- 1. Define el año gravable: identifica si la obligación se creó, pagó o extinguió durante 2025; no mezcles el desembolso de un año con la condonación de otro.
- 2. Reconstruye el saldo: parte del contrato o documento inicial y separa capital, intereses, seguros, pagos, descuentos y saldo pendiente.
- 3. Identifica al acreedor: banco, familiar, empresa, empleador, entidad estatal, universidad, fondo o persona vinculada; la relación importa.
- 4. Lee el acuerdo final: busca las expresiones “condona”, “remite”, “extingue”, “quita”, “dación en pago”, “compensación” o “acuerdo de pago” y revisa su efecto real.
- 5. Prueba la causa: determina si fue una liberalidad gratuita, una contraprestación laboral, un apoyo educativo público o una negociación económica.
- 6. Revisa la fecha de extinción: guarda la certificación del acreedor y el comprobante de pago o cumplimiento de las condiciones.
- 7. Concilia patrimonio y deuda: verifica el activo que conservabas, el saldo de la obligación y la parte que dejó de existir al 31 de diciembre.
- 8. Lleva el valor a la ruta correcta: ganancia ocasional, renta de trabajo, renta no laboral o ingreso no constitutivo, según el soporte y la norma aplicable.
- 9. Revisa retenciones y exógena: una suma reportada por un tercero no decide por sí sola la naturaleza del beneficio, pero toda diferencia debe quedar explicada.
- 10. Conserva la carpeta: archiva contrato, extractos, liquidación, acuerdo, certificados y la conciliación que respalda la declaración.
Errores frecuentes y soportes
- Declarar el desembolso original de un préstamo como ingreso y volver a declarar la condonación como si fueran dos beneficios distintos.
- Mantener en la casilla 30 una deuda que ya fue totalmente liberada antes del cierre del año.
- Tratar toda quita bancaria como donación sin diferenciar pago parcial, dación en pago, descuento comercial o acuerdo de cartera.
- Usar la excepción de apoyos educativos sin probar que el recurso fue entregado por el Estado o financiado con recursos públicos.
- Llevar una condonación privada a la casilla 74 por costumbre, aunque la doctrina aplicable la trate como ganancia ocasional.
- Aplicar una exención o una tarifa sin leer el instructivo vigente del Formulario 210 para el año gravable que estás declarando.
- Confundir la remisibilidad excepcional de una obligación tributaria con un programa de perdón que cualquier contribuyente pueda solicitar.
- Aceptar la declaración sugerida o la información exógena sin conciliar el préstamo, el saldo condonado y la fecha de extinción.
| Soporte | Qué debe demostrar |
|---|---|
| Contrato o pagaré inicial | Partes, monto, fecha, obligación de pago, intereses y condiciones del préstamo. |
| Extractos y comprobantes | Desembolso, pagos, transferencias, abonos y saldo realmente cancelado. |
| Acuerdo o certificación del acreedor | Valor condonado, fecha de extinción, causa, firma o validación y saldo final. |
| Soportes educativos | Programa, entidad, recursos públicos, condiciones de condonación y cumplimiento. |
| Certificado laboral o de la entidad | Si el beneficio se originó en una relación laboral, beca, crédito educativo o política de compensación. |
| Conciliación patrimonial | Activos al cierre, deuda pendiente, parte liberada y casillas revisadas del Formulario 210. |
Cuándo pedir revisión profesional
No confundas la condonación privada con la remisibilidad de impuestos
La DIAN informó en noviembre de 2025 que no existe un programa general para que el contribuyente solicite el perdón o la condonación de sus impuestos. La figura que menciona la entidad es la remisibilidad: un procedimiento excepcional, unilateral y facultativo sujeto a condiciones legales y a la actuación de la propia DIAN.
De forma consistente, el Concepto 11603 de 2026 diferencia los alivios tributarios creados por normas excepcionales de una condonación civil o comercial por mera liberalidad. Por eso, una reducción legal de sanciones o intereses, una remisibilidad o una terminación administrativa no se clasifica con la misma fórmula que el perdón privado de un préstamo.
No declares rumores ni borres obligaciones
¿Cómo ayuda Justi y cuál es su límite?
Justi puede leer contratos, extractos, certificados y acuerdos; construir una línea de tiempo del préstamo; separar capital, pagos, descuentos y parte condonada; y mostrar cómo se conectan la casilla 30, el patrimonio y las secciones de rentas o ganancias ocasionales del Formulario 210.
Justi no determina por sí solo si el acreedor actuó por mera liberalidad, si una quita es una contraprestación laboral, si un programa tiene financiación pública o si un acto civil es válido. Tampoco reemplaza el concepto de un contador o abogado cuando el acuerdo afecta una empresa, una deuda garantizada, un proceso de insolvencia, una relación entre vinculados o una obligación tributaria.
La pregunta antes de firmar
Para completar el análisis, revisa también las guías de préstamos recibidos, herencias y donaciones, patrimonio y deudas y saldo a pagar o saldo a favor cuando esos conceptos aparezcan en la carpeta.
Fuentes oficiales consultadas
- DIAN · Todo lo que debe saber sobre renta AG 2025
- DIAN · Prepárese para la declaración AG 2025
- DIAN · Cómo hacer la declaración y documentos soporte
- DIAN · Formulario 210 e instructivo 2026
- Estatuto Tributario · artículo 26, renta líquida
- Estatuto Tributario · artículo 27, realización del ingreso
- Estatuto Tributario · artículo 46, apoyos educativos no constitutivos
- Estatuto Tributario · artículo 206, rentas de trabajo
- Estatuto Tributario · artículo 261, patrimonio bruto
- Estatuto Tributario · artículo 302, ganancias ocasionales por actos gratuitos
- Estatuto Tributario · artículo 820, remisibilidad
- Decreto 1625 de 2016 · artículo 1.2.1.12.8, apoyos económicos
- DIAN · Concepto 5639 de 2023, condonación por mera liberalidad
- DIAN · Oficio 8883 de 2015, condonación de crédito laboral
- DIAN · Oficio 902901 de 2020, apoyos educativos con recursos públicos
- DIAN · Concepto 11603 de 2026, alivios legales distintos de la condonación privada
- DIAN · La DIAN aclara que no existe perdón general de impuestos
Actualizado el 23 de agosto de 2026 para orientar la declaración del año gravable 2025. Esta guía trata principalmente a una persona natural residente que no lleva contabilidad. Una persona jurídica, un no residente, un contribuyente obligado a llevar contabilidad, una deuda con vinculados o un acuerdo de insolvencia puede requerir reglas adicionales.
Preguntas frecuentes
¿Una deuda condonada se declara como ingreso en renta?
Depende de la causa y de quién la condonó. La condonación gratuita de una deuda privada o comercial puede constituir ganancia ocasional para el deudor, porque se extingue un pasivo y aumenta su patrimonio. La DIAN ha tratado esa hipótesis bajo el artículo 302 del Estatuto Tributario. Un apoyo educativo estatal o financiado con recursos públicos tiene una excepción específica y puede ser ingreso no constitutivo de renta ni ganancia ocasional.
¿En qué año se declara la condonación?
En el año gravable en que la obligación queda válidamente extinguida y puedes probar el acto, acuerdo, certificación o documento del acreedor. El desembolso original del préstamo no es, por sí solo, el ingreso de la condonación. Si hubo pagos parciales, dación en pago, descuento por pronto pago o una renegociación, debes reconstruir qué parte se pagó y qué parte fue efectivamente liberada.
¿En qué casilla del Formulario 210 va una deuda privada perdonada?
Cuando el tratamiento aplicable sea el de ganancia ocasional, el valor se analiza en la sección de ganancias ocasionales: ingreso en la casilla 112, costos solo si existe un costo fiscal procedente, exentos o no gravados en la 114, ganancia gravable en la 115 e impuesto en la 127. No lleves automáticamente el valor a la casilla 74 de rentas no laborales ni conserves la deuda en la casilla 30 después de que fue extinguida.
¿Un préstamo recibido es ingreso aunque después me lo condonen?
Mientras el préstamo sea exigible, el capital recibido se analiza como dinero o activo y una deuda, no como ingreso gravado por el solo desembolso. Si el acreedor libera total o parcialmente la obligación, la parte liberada tiene un tratamiento distinto y se realiza cuando se extingue el pasivo. Conserva el contrato inicial, los pagos, el saldo y el documento de condonación.
¿Una beca-crédito o apoyo educativo condonado paga renta?
No necesariamente. Los apoyos económicos no reembolsables o condonados entregados por el Estado o financiados con recursos públicos para programas educativos son ingresos no constitutivos de renta ni ganancia ocasional, si cumplen las condiciones legales. Se reportan en la cédula general: en rentas de trabajo cuando nacen de una relación laboral y, en los demás casos, en rentas no laborales como ingreso no constitutivo.
¿La condonación de un banco es igual a una donación?
No uses la palabra donación sin revisar el negocio. La doctrina DIAN considera que la condonación por mera liberalidad puede quedar comprendida en el artículo 302 como un acto gratuito entre vivos, pero un acuerdo de pago, una dación en pago, una quita comercial o un descuento puede tener hechos y documentos diferentes. Identifica el saldo original, el valor pagado, el valor liberado y la causa jurídica.
¿La DIAN puede perdonar mi impuesto y eso se declara como ingreso?
No existe un programa general para pedirle a la DIAN que perdone impuestos. La entidad distingue la remisibilidad, que es un procedimiento excepcional y facultativo sujeto a condiciones legales, de una condonación civil o comercial. No conviertas un mensaje de redes, un beneficio temporal o la baja administrativa de una obligación en una condonación privada sin verificar el acto oficial aplicable.
¿Cómo puede ayudar Justi con una deuda condonada?
Justi puede ordenar el contrato, extractos, pagos, certificados y la fecha de liberación; separar préstamo, pago, descuento y condonación; y mostrar cómo se relacionan patrimonio, deudas y Formulario 210. No determina por sí solo la validez civil del acuerdo, no certifica que una quita sea gratuita, no decide si un apoyo educativo tiene recursos públicos y no reemplaza la revisión profesional en acuerdos con bancos, empleadores, vinculados o entidades públicas.
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