Casos difíciles · Establecimiento de comercio

¿Cómo declarar la venta de un establecimiento de comercio en renta?

Aprende cómo declarar en el año gravable 2025 la venta de un establecimiento de comercio: separación de inventarios, activos fijos, intangibles y goodwill, retención del 1 %, Formulario 210 y soportes.

Actualizado el 22 de agosto de 2026 · Año gravable 2025 (se declara en 2026) · UVT $49.799

La respuesta corta: no declares el negocio como una sola cifra

Un establecimiento de comercio es un conjunto organizado de bienes para desarrollar una actividad empresarial. En una compraventa puede transferirse en bloque como unidad económica, pero esa forma mercantil no elimina la necesidad de identificar fiscalmente lo que se entregó. Un precio global puede incluir inventarios, equipos, muebles, contratos, derechos, marcas, clientela, permisos, cuentas por cobrar y un componente de goodwill o plusvalía.

La doctrina DIAN sobre la enajenación de establecimientos de comercio trata la operación como enajenación de un activo fijo para efectos de la retención en la fuente. A su vez, el Oficio DIAN 33645 de 2018 explica que, aunque la venta se presuma en bloque, para efectos fiscales se deben separar e identificar los activos que componen el establecimiento. Estas dos ideas deben leerse juntas: una cosa es la retención sobre la operación global y otra la depuración de renta de cada activo.

No lleves automáticamente todo a ganancias ocasionales

Que el contrato diga “venta del establecimiento” y que exista una retención del 1 % no demuestra por sí solo que todo el precio sea una ganancia ocasional. La clasificación del inventario, los activos fijos, los intangibles y los derechos debe quedar explicada en una hoja de trabajo que conecte precio, costo, tiempo de posesión y soporte.

¿Qué puede estar incluido en el precio?

Inventario inicial de la operación
ComponentePregunta tributariaSoporte que debes reunir
Inventarios¿Eran bienes para vender en el giro normal? ¿Cuál era su costo fiscal y qué parte se entregó?Listado de existencias, facturas de compra, kardex o control de inventario, facturas y acta de entrega.
Equipos, muebles y maquinaria¿Eran activos fijos? ¿Cuándo se adquirieron y qué depreciación fiscal se tomó?Facturas, contratos, registro de activos, depreciación, placas o seriales y comprobantes de pago.
Marca, licencia, contratos y otros intangibles¿Qué derecho se transfirió y cuál es su costo fiscal probado?Contratos, registros, licencias, comprobantes de adquisición, amortizaciones y autorización de cesión.
Goodwill o plusvalía¿Existe un intangible identificable o un mayor valor no separado? ¿Cómo se asignó el precio?Contrato, valoración o metodología, estados financieros, activos identificables y soporte de la negociación.
Cuentas por cobrar y dinero¿Se cedieron derechos de cobro o solo se entregó una caja o una cuenta?Relación de cartera, contratos, extractos, saldo al cierre y cláusulas de cesión.
Pasivos asumidos por el comprador¿El precio se pactó bruto, neto o con deudas asumidas?Contrato, tabla de deudas, saldos, autorizaciones de acreedores y conciliación del precio.

La asignación no debe inventarse para obtener un resultado tributario conveniente. Debe reflejar lo que realmente se negoció, el valor de los activos identificables y la evidencia disponible. Si el comprador asume pasivos, separa el valor económico de esa asunción del precio en dinero y revisa cómo quedó redactada la obligación.

La lista del contrato es parte del soporte

Un contrato que solo dice “se vende el negocio por una suma global” puede dificultar la declaración. Solicita o conserva un anexo con inventarios, equipos, derechos, intangibles, cuentas y pasivos incluidos, además de la forma de pago y la fecha de entrega.

¿Renta ordinaria o ganancia ocasional?

El artículo 60 del Estatuto Tributario distingue los activos movibles de los activos fijos o inmovilizados. El inventario que se vende dentro del giro ordinario no se convierte en activo fijo por aparecer en un contrato de venta de establecimiento. Para los activos fijos, revisa la fecha de adquisición, el uso, la actividad y el término de posesión.

Ruta de clasificación por componente
Componente o situaciónTratamiento inicialQué cambia el resultado
Inventario del negocioRenta ordinaria del negocio: ingreso y costo de ventas, con la clasificación que corresponda en la cédula.Si se trata de bienes propios de la actividad, no los lleves a ganancias ocasionales solo por venderlos junto con el establecimiento.
Activo fijo poseído menos de 2 añosRenta ordinaria; revisa el ingreso y el costo fiscal en rentas no laborales.Costo, depreciación, mejoras, fecha de adquisición y si la venta fue parte del giro habitual.
Activo fijo poseído 2 años o másLa utilidad puede tratarse como ganancia ocasional conforme al artículo 300.Debe existir un activo fijo real, un costo defendible y una prueba suficiente del tiempo de posesión.
Intangible o goodwillAnaliza por separado su origen, costo fiscal, amortización y clasificación.No confundas el valor global de la venta con el costo fiscal del intangible ni con la plusvalía del comprador.
Activo depreciable con deducciones previasLa utilidad puede tener primero un componente de recuperación de deducciones o depreciaciones.Depreciación fiscal tomada, costo remanente, fecha de adquisición y reglas aplicables al activo.

El artículo 300 del Estatuto Tributario se refiere a la utilidad de bienes de cualquier naturaleza que hayan sido activos fijos durante dos años o más. Esa regla opera sobre la utilidad y no sobre el precio total. Además, el artículo 90 parte de la diferencia entre el precio de enajenación y el costo del activo o activos enajenados, y exige revisar el valor comercial, incluso cuando se recibe una contraprestación en especie.

El plazo se revisa activo por activo

Si el negocio llevaba cinco años abierto pero compraste parte del inventario el mes anterior, no uses los cinco años para todo. El tiempo de funcionamiento del establecimiento no reemplaza la historia de adquisición y posesión de cada bien o derecho.

Cómo reconstruir el precio y el costo fiscal

Antes de diligenciar el Formulario 210, arma una matriz de componentes. El total de la matriz debe coincidir con el precio económico de la operación, incluyendo dinero, bienes recibidos, derechos cedidos, pasivos asumidos o cualquier otra contraprestación que haga parte del negocio. Después conecta cada componente con su costo fiscal y su tratamiento.

Matriz mínima de conciliación
DatoQué debes determinarPrueba o control
Precio totalValor comercial pactado, pagos en dinero y especie, cuentas cedidas y obligaciones asumidas según el contrato.Contrato, anexos de precio, comprobantes, avalúos o cotizaciones cuando sean necesarios.
AsignaciónQué parte corresponde a inventario, activos fijos, intangibles, goodwill, cartera y otros derechos.Anexo firmado, inventario, registro de activos, contratos y metodología de valoración.
Costo fiscalCosto de adquisición, adiciones y mejoras procedentes, menos depreciaciones o amortizaciones fiscales cuando corresponda.Facturas, contratos, declaraciones, cálculos y soportes de pago.
ResultadoPrecio de cada componente menos su costo fiscal, sin compensar automáticamente categorías distintas.Hoja de trabajo por activo y revisión de recuperación de deducciones.
Año de realizaciónCuándo se recibió el ingreso o se hizo exigible, según tu obligación contable y los términos del contrato.Calendario de pagos, acta de entrega, cláusulas de exigibilidad y registros contables.

En una persona natural no obligada a llevar contabilidad, el artículo 27 parte de la recepción efectiva del ingreso, con las excepciones previstas en la ley. Si llevas contabilidad, recibes pagos diferidos, entregaste el negocio antes de cobrarlo o la operación incluye varias obligaciones, pide una revisión contable y tributaria del momento de reconocimiento.

Un precio global no es un costo global

No restes “lo que costó montar el negocio” sin separar gastos personales, reparaciones, inventario consumido, activos depreciados, intangibles y costos que nunca fueron fiscalmente aceptados. El costo debe poder seguirse desde cada componente hasta el documento que lo respalda.

¿En qué casillas del Formulario 210 se refleja?

El Formulario 210 y su instructivo 2026 ubica los ingresos de la enajenación de activos diferentes de inventarios poseídos por menos de dos años en los ingresos brutos de rentas no laborales, y lleva a ganancias ocasionales los ingresos por enajenación de activos fijos poseídos durante dos años o más. Usa la ruta que corresponda a cada componente; no dupliques la misma venta.

Mapa orientativo para el año gravable 2025
Casilla o secciónQué revisarControl
29 · Total patrimonio brutoInventario, equipos, derechos, dinero o cuentas por cobrar que todavía poseas al 31 de diciembre de 2025, valorados según la regla de cada activo.Elimina lo que ya transferiste y reconoce lo que recibiste o conservaste como reemplazo patrimonial.
74 · Rentas no laboralesIngresos ordinarios de la operación, incluidos los componentes que no sean ganancias ocasionales y los activos diferentes de inventarios poseídos por menos de dos años, según el instructivo.No pongas aquí solo la utilidad si la casilla exige el ingreso bruto; separa devoluciones e ingresos no constitutivos cuando aplique.
77 · Costos y deducciones procedentesCosto de ventas del inventario y costo fiscal de activos fijos de menor posesión, además de los costos y deducciones que procedan.No uses como costo la deuda del negocio, la retención ni gastos sin causalidad o soporte.
112 · Ingresos por ganancias ocasionalesPrecio de los componentes que realmente generen ganancia ocasional por activos fijos poseídos dos años o más.No lleves el precio total del establecimiento por defecto.
113 · Costos por ganancias ocasionalesCosto fiscal de los activos fijos enajenados que producen la ganancia ocasional.Debe corresponder a los activos incluidos en 112 y poder probarse.
115 · Ganancias ocasionales gravablesResultado de ingresos, costos y ganancias no gravadas o exentas, si las hay.No declares una pérdida como número negativo ni mezcles el costo del inventario ordinario.
127 · Impuesto de ganancias ocasionalesImpuesto que resulte de las ganancias ocasionales gravables, según la tarifa aplicable al año gravable.No confundas la tarifa del impuesto con el porcentaje de retención del 1 %.
132 · RetencionesRetención a título de renta o ganancias ocasionales efectivamente practicada y certificada.La retención reduce el saldo de la declaración; no reduce el precio ni reemplaza el cálculo de la renta.

La casilla depende del activo, no del nombre del contrato

La operación puede aparecer en más de una parte del formulario porque contiene componentes de distinta naturaleza. Eso no es duplicar si cada valor corresponde a un activo diferente y la matriz de asignación lo explica; sí es un error repetir el precio total en varias casillas.

Retención del 1 %: qué significa y qué no significa

El Concepto DIAN 18806 de 2025 recoge la doctrina según la cual la enajenación del establecimiento de comercio como unidad económica se considera enajenación de un activo fijo sometida a retención sobre el valor total de la enajenación. Para una persona natural, la DIAN remite al artículo 398 del Estatuto Tributario y señala la tarifa del 1 %.

Retención frente a impuesto
ConceptoQué representaQué debes conservar
Retención en la fuenteAnticipo practicado sobre el valor total de la enajenación cuando se configura el supuesto aplicable.Certificado, comprobante de pago, identificación del agente y contrato.
Impuesto sobre la rentaResultado de clasificar y depurar cada componente: inventario, activos fijos, intangibles y demás derechos.Matriz de asignación, costos fiscales, fechas, depreciaciones y formulario.
Saldo finalImpuesto, retenciones, anticipos y demás datos de toda la declaración, no solo de la venta.Formulario completo, soportes de otras rentas, patrimonio, deudas y retenciones.

No restes la retención del precio para obtener la utilidad y no la trates como un costo del establecimiento. Primero determina el precio y el resultado fiscal de cada activo; después concilia la retención en la casilla correspondiente. Si el comprador no practicó la retención, existe una diferencia entre lo que debió ocurrir y lo que puedes acreditar: documenta el hecho y busca asesoría.

La regla general de retención por otros ingresos del Decreto 1625 de 2016 puede tener supuestos y sujetos diferentes. No la uses para reemplazar el análisis específico de una persona natural que enajena un establecimiento; revisa primero el artículo 398 y el concepto DIAN aplicable.

Pasos para declarar la venta

  • 1. Lee el contrato completo: identifica el vendedor, el comprador, la fecha, el precio, los activos, los derechos cedidos, los pasivos asumidos y el calendario de pagos.
  • 2. Haz el inventario fiscal: separa existencias, equipos, muebles, derechos, intangibles, cartera, dinero y cualquier elemento que siga siendo tuyo.
  • 3. Reconstruye el costo: conecta cada activo con factura, contrato, declaración anterior, mejoras, depreciación o amortización fiscal.
  • 4. Determina la realización: revisa cuándo recibiste o hiciste exigible el ingreso y si llevas contabilidad o tienes pagos diferidos.
  • 5. Clasifica: decide si cada componente es inventario, activo fijo de menos de dos años, activo fijo de dos años o más, intangible u otro derecho.
  • 6. Revisa la retención: verifica el 1 % informado por la DIAN para la persona natural, el valor total sujeto y el certificado o comprobante.
  • 7. Diligencia el Formulario 210: lleva ingresos y costos a la ruta ordinaria o a ganancias ocasionales según el componente y conserva la matriz.
  • 8. Concilia el cierre: revisa patrimonio, deudas, dinero recibido, cuentas por cobrar, activos que ya no posees y cualquier operación de IVA o de otro impuesto.

Soportes que debes guardar

La DIAN puede pedir que expliques cómo se formó el precio, qué se entregó y cómo calculaste el resultado. Organiza los documentos por componente y no solo por fecha de pago:

  • Contrato y anexos: compraventa, fecha de entrega, precio, asignación de activos, forma de pago, pasivos asumidos y cláusulas de ajuste.
  • Existencias: inventario físico o listado a la fecha de venta, facturas de compra, control de costos, facturas emitidas y acta de entrega.
  • Activos fijos: facturas, registros, seriales, declaraciones anteriores, depreciación fiscal, mejoras y prueba de fechas de adquisición.
  • Intangibles: contratos, marcas, licencias, derechos de uso, comprobantes de adquisición, amortizaciones y evidencia de la cesión.
  • Precio y pagos: comprobantes bancarios, recibos, documentos de bienes recibidos, cuentas por cobrar, financiación y garantías.
  • Retención: certificado o comprobante del 1 %, identificación del agente y conciliación con la casilla 132.
  • Cierre patrimonial: declaración anterior, activos que salieron, dinero o derechos que quedaron y deudas que continuaron o fueron asumidas.
  • Obligaciones paralelas: RUT, facturación, IVA, ICA, registro mercantil y soportes contables que permitan explicar la operación completa.

El registro mercantil no prueba por sí solo el costo fiscal

La matrícula o el certificado de Cámara de Comercio ayuda a probar la existencia y titularidad del establecimiento, pero no demuestra por sí solo el costo de inventarios, equipos, intangibles o goodwill. Conecta cada valor con el documento que lo originó.

Errores frecuentes

  • Llevar el precio total de la venta a la casilla 112 porque el establecimiento se vendió como unidad económica.
  • Tratar el inventario como activo fijo de dos años solo porque el negocio llevaba tiempo funcionando.
  • Restar la retención del 1 % como si fuera costo o declarar únicamente el dinero neto recibido.
  • Asignar todo el precio al goodwill sin identificar inventarios, equipos, derechos o contratos incluidos.
  • Usar como costo fiscal el valor contable, el costo de montaje o una estimación que no fue aceptada fiscalmente.
  • Ignorar la depreciación o amortización fiscal que ya se tomó y calcular una utilidad con un costo histórico incorrecto.
  • Declarar en el patrimonio el establecimiento después de transferirlo, sin revisar los activos o derechos que quedaron a cambio.
  • Olvidar que inventarios, activos o intangibles pueden exigir un análisis separado de IVA, facturación y obligaciones del negocio.

Cuándo pedir revisión profesional

Busca un contador o asesor tributario si la venta fue entre vinculados, incluyó un goodwill importante, se pagó con acciones o bienes, asumió pasivos, tuvo pagos por cuotas, involucró inventarios gravados con IVA, se hizo después de cesar la actividad o produjo una pérdida. También si no puedes reconstruir el costo de los activos.

¿Cómo ayuda Justi y cuál es su límite?

Justi puede leer contratos, inventarios, facturas, registros de activos, extractos y certificados; organizar una matriz de precio y costo; y mostrar qué datos deben conciliarse con el Formulario 210. También puede ayudarte a separar esta operación de la guía de ingresos por plataformas, la de venta de vehículos o la de permuta de bienes cuando esos activos forman parte del negocio.

La herramienta no certifica la existencia de un establecimiento, no valora de manera independiente el goodwill, no decide por sí sola la asignación contractual del precio, no determina el IVA ni reemplaza la revisión profesional de una venta empresarial. Tú debes validar la realidad de la operación, los soportes, la clasificación y la declaración antes de firmarla ante la DIAN.

Empieza por la trazabilidad

Sube tus soportes, conserva una fila por activo y revisa de dónde sale cada cifra. Para el contexto general, consulta también patrimonio y deudas y SIMPLE frente a renta ordinaria si el negocio estuvo inscrito en ese régimen.

Fuentes oficiales consultadas

Preguntas frecuentes

¿Vender un establecimiento de comercio es vender solo el inventario?

No. Mercantilmente puede venderse como una unidad económica, pero para efectos fiscales debes identificar los bienes y derechos que componen el negocio: inventario, equipos, muebles, derechos, intangibles, cuentas por cobrar y otros elementos incluidos en el contrato. La distribución del precio permite definir el costo y el tratamiento de cada componente.

¿La venta de un establecimiento de comercio tiene retención del 1%?

La DIAN ha señalado que, cuando una persona natural enajena el establecimiento como unidad económica, la operación se considera enajenación de un activo fijo sometida a retención sobre el valor total de la enajenación, con una tarifa del 1% conforme al artículo 398 del Estatuto Tributario. La retención no es el impuesto definitivo y debe estar soportada para llevarla a la declaración.

¿Todo el precio de venta va a ganancias ocasionales?

No. El carácter de unidad económica para la retención no convierte automáticamente cada componente en ganancia ocasional. Para renta debes separar inventarios, activos fijos, intangibles y otros derechos, revisar el tiempo de posesión y aplicar la regla que corresponda. Los activos fijos poseídos durante dos años o más pueden generar ganancia ocasional sobre la utilidad; los inventarios y activos fijos de menor posesión normalmente se revisan en la renta ordinaria.

¿En qué casillas del Formulario 210 se declara la operación?

Si el componente genera renta ordinaria en rentas no laborales, revisa las casillas 74 y 77, y la renta líquida de la casilla 78. Si la utilidad corresponde a ganancia ocasional, revisa las casillas 112, 113, 114, 115 y 127. Las retenciones practicadas se concilian en la casilla 132 y los bienes o derechos que aún poseas al cierre se revisan en la casilla 29.

¿Cómo se declara el goodwill o la plusvalía del negocio?

No le asignes automáticamente costo cero ni copies el valor completo de la venta. Debes identificar si existe un intangible adquirido separadamente, una plusvalía o goodwill, una marca, una licencia, derechos contractuales u otro elemento, y reconstruir el costo fiscal que pueda probarse. El artículo 74 del Estatuto Tributario y la doctrina DIAN exigen analizar los activos identificables y sus efectos individualmente.

¿La venta del establecimiento también puede tener efectos de IVA?

Puede tenerlos respecto de los elementos que integran la operación. La DIAN ha explicado que, aunque el establecimiento se transfiera en bloque, para efectos fiscales deben separarse sus activos y analizar, entre otros puntos, el inventario y los bienes o intangibles cuya transferencia pueda configurar un hecho generador de IVA. Esta guía se concentra en renta; no cierres el IVA solo con el nombre del contrato.

¿Cuándo declaro el dinero si me pagaron el establecimiento por cuotas?

Para una persona natural no obligada a llevar contabilidad, el artículo 27 parte de la realización efectiva del ingreso, con las excepciones legales. Revisa el contrato, la exigibilidad, los pagos recibidos, la entrega del negocio y si estás obligado a llevar contabilidad. No uses una regla de caja sin revisar la obligación contable ni declares dos veces el mismo precio en años distintos.

¿Cómo puede ayudar Justi con la venta de un establecimiento?

Justi puede organizar el contrato, inventarios, activos, comprobantes, certificados de retención y declaraciones anteriores; ayudarte a construir una matriz de precio y costo; y señalar qué casilla o soporte debes revisar. No valora de manera independiente un goodwill, no certifica el costo fiscal, no decide si un elemento genera IVA y no sustituye al contador en una venta de negocio, una operación entre vinculados o una asignación de precio discutible.

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