Trámites DIAN · Pago de renta

¿Cómo pagar el saldo a cargo de la declaración de renta?

Aprende cómo pagar el saldo a cargo de la declaración de renta del año gravable 2025: cuándo usar el Formulario 490, cómo pagar en línea o en una entidad autorizada, qué datos revisar y qué pasa si pagas tarde.

Actualizado el 8 de agosto de 2026 · Año gravable 2025 (se declara en 2026) · UVT $49.799

La diferencia entre declarar y pagar

Presentar la declaración y pagar el saldo son pasos relacionados, pero no son la misma operación. El Formulario 210 contiene tu declaración de renta: ingresos, patrimonio, deducciones, impuesto, retenciones y resultado final. El Formulario 490 es el recibo con el que cancelas una obligación que quedó a cargo.

Qué documento corresponde a cada situación
SituaciónQué debes hacerDocumento o evidencia
La declaración queda con saldo a pagarPresenta la declaración y paga el valor a cargo dentro del plazo.Formulario 210 presentado y Formulario 490 o comprobante electrónico.
La declaración queda con saldo a favorPresenta la declaración y decide si imputas, compensas o solicitas devolución cuando proceda.Formulario 210 presentado y soportes del saldo a favor.
La liquidación queda en ceroPresenta la declaración si estás obligado; no generes un pago inexistente.Acuse de recibo de la declaración.
Presentas o pagas después del vencimientoCalcula la sanción y los intereses que correspondan con la información vigente en DIAN.Nueva liquidación, recibo actualizado y comprobante de pago.

Pagar no corrige una declaración

Un pago no arregla un ingreso omitido, una deducción improcedente ni una casilla equivocada. Si el Formulario 210 está mal, revisa primero la guía para corregir una declaración; después determina el valor que realmente debes pagar.

Paso a paso para pagar el saldo de renta

  • Confirma tu obligación: revisa que el Formulario 210 corresponda al AG 2025, a tu identificación y a la realidad que soportas. Si usaste la propuesta de la DIAN, no la confundas con la declaración presentada: consulta la guía de declaración sugerida.
  • Verifica la fecha límite: consulta el calendario oficial según los dos últimos dígitos de tu NIT o cédula. La temporada del AG 2025 para personas naturales va del 12 de agosto al 26 de octubre de 2026, de acuerdo con la DIAN.
  • Firma y presenta electrónicamente: la Resolución 000227 de 2025 establece la presentación electrónica de las declaraciones de personas naturales. Guarda el acuse de recibo antes de continuar.
  • Genera el Formulario 490: desde el servicio de la DIAN crea el recibo a partir de la obligación presentada. No inventes el número de declaración, el valor, el año o el período.
  • Revisa el recibo: confirma que sea renta del AG 2025, que el saldo incluya lo que corresponda por impuesto, sanción e intereses y que el valor esté aproximado como pide el instructivo.
  • Realiza el pago: usa el botón de pago electrónico para enlazar con tu entidad financiera o imprime el recibo si vas a pagar en una entidad autorizada para recaudar.
  • Conserva la evidencia: descarga el 490, el comprobante bancario o la copia sellada y la declaración presentada. Después revisa que el pago quede asociado a la obligación correcta.

No esperes al último día

La DIAN recomienda validar con anticipación el usuario, la contraseña y la firma electrónica. Si el portal falla, registra fecha, hora, pantalla y paso exacto para reportarlo por PQRSD; una captura del error ayuda a probar el inconveniente, pero no reemplaza la obligación de declarar y pagar.

Cómo leer el Formulario 490 para renta

El Formulario 490 de 2026 sirve para pagar impuestos nacionales de distintos periodos y conceptos. Para renta, parte del documento que origina la deuda —tu declaración— y deja que el servicio de la DIAN complete o confirme la información. Cada recibo solo puede incluir una obligación.

Datos que debes revisar antes de pagar renta
DatoReferencia para AG 2025Qué revisar
Año2025Es el año gravable de la declaración, aunque el recibo se diligencie en 2026.
Concepto04 · RentaEl instructivo 490 de 2026 identifica este código para renta.
Período01Es el período anual que aparece asociado al concepto de renta.
Documento origenNúmero de la declaración presentadaDebe corresponder al Formulario 210 que estás pagando; no uses el de otra vigencia.
ValoresImpuesto, intereses de mora y sanción cuando apliquenEl total debe coincidir con la liquidación actual de la DIAN; los valores del recibo se aproximan al múltiplo de $1.000 más cercano.

Si uno de los valores no aplica, el instructivo indica registrar cero. No mezcles en un mismo recibo obligaciones diferentes ni pagues un valor distinto al que corresponde al documento origen.

El recibo actualizado manda

Los intereses y las sanciones dependen de la fecha y de la situación de la declaración. Si cambia la fecha de pago, se corrige el Formulario 210 o aparece un saldo distinto, genera un recibo nuevo en el portal y no reutilices un PDF antiguo.

¿Dónde puedes hacer el pago?

Canales de pago descritos por la DIAN
CanalCómo funcionaQué debes guardar
Pago electrónicoDespués de generar el 490, selecciona el botón de pago y continúa en el servicio web de la entidad financiera habilitada.Número de transacción, comprobante y copia del 490.
Entidad autorizada para recaudarImprime dos copias del recibo y llévalas con el medio de pago que admita la entidad. La DIAN publica los canales y entidades vigentes.Copia del 490 con sello o constancia de recibido.
Corresponsal o canal adicionalSolo si aparece habilitado para el tipo de obligación y la entidad que escoges; consulta el Abecé de medios de pago antes de desplazarte.Comprobante que identifique la obligación y el valor pagado.

Fechas, mora y pagos tardíos

Para el año gravable 2025, la declaración y el pago de las personas naturales siguen el calendario de 2026 según los dos últimos dígitos del NIT. No uses la fecha de otra persona: un pago posterior a tu vencimiento puede cambiar el valor que aparece en el Formulario 490.

Qué puede ocurrir según el momento del cumplimiento
CasoEfecto que debes revisar
Presentas y pagas dentro del plazoCumples con la declaración y el pago del saldo que resultó a cargo, si la liquidación es correcta.
Presentas dentro del plazo, pero pagas tardeEl saldo pendiente puede generar intereses moratorios por el retraso en el pago.
Presentas tarde y además hay saldo a pagarPuede haber sanción por extemporaneidad e intereses moratorios; el sistema debe reflejar el valor actualizado.
Tu declaración no genera impuesto a cargo, pero la presentas tardeLa sanción de extemporaneidad puede calcularse sobre ingresos o patrimonio y está sujeta a la sanción mínima vigente; no asumas que declarar en cero elimina la sanción.

No calcules la mora con una tasa vieja

El Estatuto Tributario regula los intereses moratorios y la DIAN publica la orientación aplicable. Para una fecha de pago vencida, usa el cálculo actualizado del portal o valida el caso con un contador; no copies la tasa de un recibo anterior ni de una publicación de otro año.

Si quieres distinguir el resultado de la liquidación antes de pagar, revisa la guía sobre saldo a pagar y saldo a favor. Para saber cuál es tu fecha exacta, consulta el calendario de renta 2026.

Errores frecuentes al pagar renta

  • Pagar el Formulario 490 antes de presentar o asumir que el recibo reemplaza el acuse de recibo del Formulario 210.
  • Usar el año 2026 como año gravable cuando estás pagando la declaración del AG 2025 presentada en 2026.
  • Cambiar el concepto, el período, el número de declaración o el valor que la DIAN generó para la obligación.
  • Imprimir un recibo viejo después de una corrección, un cambio de fecha o una actualización de sanciones e intereses.
  • Pagar solo el impuesto y olvidar la sanción o los intereses que aparecen en la liquidación por presentación o pago tardío.
  • No verificar si el canal elegido está habilitado por la entidad autorizada para recaudar.
  • Cerrar la ventana de pago sin descargar el comprobante o no guardar la copia sellada del recibo.
  • Intentar corregir un dato de la declaración con un pago: primero se corrige la declaración, luego se paga el nuevo saldo.

Cuadra los tres documentos

Antes de dar por terminado el trámite, compara el Formulario 210 presentado, el Formulario 490 y el comprobante bancario. Los tres deben identificar la misma persona, obligación, año y valor pagado.

Qué soportes debes conservar

  • La declaración de renta presentada y su acuse de recibo.
  • El Formulario 490 generado para esa declaración, incluso si pagaste por PSE.
  • El comprobante electrónico de la entidad financiera o la copia del 490 sellada por la entidad autorizada.
  • La hoja de trabajo y los soportes que explican el impuesto, las retenciones, las deducciones y el saldo.
  • La evidencia de una corrección, una solicitud a la DIAN o un reclamo al banco si el pago no se refleja correctamente.

La declaración no se vuelve correcta solo porque se pagó. Conserva también los certificados y documentos con los que calculaste el Formulario 210, para poder explicar la liquidación si la DIAN los solicita.

¿Cómo ayuda Justi?

Justi puede ordenar tus certificados, explicar de dónde sale el saldo a cargo y señalar si el resultado no coincide con tus soportes. El motor tributario calcula con reglas determinísticas y la IA te ayuda a leer documentos; tú revisas, firmas, presentas y pagas directamente en los canales oficiales.

  • Si no sabes por qué te quedó un saldo, empieza por la guía de resultado de renta.
  • Si estás comparando una propuesta de la DIAN, revisa la declaración sugerida antes de pagar.
  • Si detectaste un error, usa la guía de correcciones y no intentes resolverlo con el Formulario 490.
  • Empieza en Justi para organizar tus soportes, pero no compartas claves, códigos de seguridad ni datos bancarios.

Límite de la herramienta

Justi no puede presentar ni pagar por ti, acceder a tu banco, modificar la información de la DIAN o confirmar que un pago se imputó correctamente. La responsabilidad final por la declaración y el pago es del contribuyente.

Fuentes oficiales consultadas

Preguntas frecuentes

¿Qué es el Formulario 490 y para qué sirve?

Es el recibo oficial de pago de impuestos nacionales. Sirve para pagar una obligación que ya fue determinada, como el saldo a cargo de la declaración de renta; no reemplaza el Formulario 210 ni demuestra por sí solo que la declaración fue presentada.

¿Debo diligenciar el Formulario 490 si mi declaración queda en cero o con saldo a favor?

No hay un pago de renta que hacer mediante el 490 si la liquidación no deja saldo a cargo, aunque sí debes presentar la declaración cuando estés obligado. Si queda saldo a favor, revisa las opciones de imputación, compensación o devolución que correspondan.

¿Puedo pagar en un banco si presenté la declaración virtualmente?

Sí. La DIAN exige la presentación electrónica para las personas naturales en la vigencia 2026, pero el saldo puede pagarse en línea desde el servicio de la DIAN o con el Formulario 490 en una entidad autorizada para recaudar. Conserva el recibo sellado o el comprobante electrónico.

¿Qué año, concepto y período pongo en el Formulario 490?

Para pagar la renta del año gravable 2025, el instructivo del Formulario 490 de 2026 identifica el concepto 04 como Renta y el período 01. Usa la información que genere el sistema y comprueba que el número de declaración y el valor correspondan a tu obligación.

¿Qué pasa si presenté a tiempo pero pagué después del vencimiento?

El impuesto pendiente puede generar intereses moratorios desde el vencimiento hasta el pago. Si además presentaste tarde, puede existir sanción por extemporaneidad. No reutilices un recibo antiguo: recalcula la obligación con la fecha real de pago en el portal de la DIAN.

¿Qué hago si pagué y el estado de cuenta todavía no cambia?

Guarda el comprobante electrónico o la copia sellada del Formulario 490, revisa que el número de obligación y el valor sean correctos y vuelve a consultar el estado de cuenta después de que el pago sea procesado. Si la inconsistencia persiste, presenta la evidencia ante la DIAN por sus canales de atención o PQRSD.

¿Justi puede pagar por mí?

No. Justi puede organizar tus soportes, explicar el saldo y ayudarte a detectar diferencias, pero no entra a tu cuenta bancaria, no firma la declaración, no genera una autorización de débito y no reemplaza el pago realizado ante la DIAN o una entidad autorizada.

Deja que Justi haga los cálculos.

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