¿Cómo se declara un seguro de vida recibido en renta?
La primera pregunta no es cuánto dinero llegó a tu cuenta, sino qué pagó exactamente la aseguradora. Si durante 2025 recibiste una indemnización por el fallecimiento cubierto por un seguro de vida y eres residente fiscal en Colombia, el artículo 303-1 del Estatuto Tributario la trata como ganancia ocasional: la parte que supere 3.250 UVT queda gravada y el monto que no supere ese límite es una ganancia ocasional exenta.
Para una persona natural residente, la tarifa general aplicable a las ganancias ocasionales es la del artículo 314 del Estatuto Tributario . En un caso ordinario, el Formulario 210 aplica el 15 % sobre la base gravable de ganancias ocasionales, pero el resultado depende también de las demás ganancias ocasionales, costos procedentes, pérdidas compensables, exenciones y retenciones de tu declaración.
Exenta no significa invisible
¿Cómo funciona el límite de 3.250 UVT?
| Indemnización bruta | Parte exenta a revisar | Parte gravable inicial |
|---|---|---|
| $100.000.000 | $100.000.000, si corresponde íntegramente a seguro de vida cubierto por el artículo 303-1 | $0 |
| $250.000.000 | $161.846.750, equivalente a 3.250 UVT de 2025 | $88.153.250, antes de las demás reglas de ganancias ocasionales |
| Pago con varios conceptos | Solo la parte que corresponda al seguro de vida y no supere el límite | La parte gravable del seguro de vida y cualquier concepto distinto que tenga su propia regla |
El umbral no debe aplicarse de manera automática a cada transferencia. Si hubo varios pagos, beneficiarios, pólizas o certificados durante el año, concilia el total que corresponda a cada persona y la naturaleza de cada pago. La póliza, la certificación de la compañía y la fecha de realización son más importantes que el número de movimientos bancarios.
El valor en pesos es solo para AG 2025
¿En qué casillas del Formulario 210 se refleja?
El Formulario 210 e instructivo oficial 2026 ubica las ganancias ocasionales en una sección separada de la cédula general. La indemnización bruta entra en el total de ingresos por ganancias ocasionales; la parte exenta se resta en la casilla de ganancias ocasionales no gravadas y exentas; y el excedente queda como ganancia ocasional gravable.
| Dato del seguro | Casilla o sección | Qué debes conciliar |
|---|---|---|
| Indemnización bruta | 112 · Ingresos por ganancias ocasionales del país y del exterior | Certificado del asegurador, fecha de pago o abono y total reconocido, sin restar retenciones. |
| Parte hasta 3.250 UVT | 114 · Ganancias ocasionales no gravadas y exentas | Que corresponda realmente a una indemnización por seguro de vida y no a un amparo adicional, rescate o rendimiento. |
| Exceso sobre el límite | 115 · Ganancias ocasionales gravables | Operación 112 menos costos procedentes y 114; no conviertas la retención en una reducción del ingreso. |
| Impuesto | 127 · Impuesto de ganancias ocasionales | Tarifa aplicable y resultado de toda la sección, no solo del certificado del seguro. |
| Retención | 132 · Retenciones en la fuente | Certificado de retención y conciliación con el valor reportado por la aseguradora o el pagador. |
No mezcles bruto, exento y retención
¿Qué conceptos no debes meter automáticamente en el artículo 303-1?
| Concepto | Por qué requiere cuidado | Soporte que debes pedir |
|---|---|---|
| Indemnización por fallecimiento | Es el núcleo del tratamiento del artículo 303-1, hasta 3.250 UVT exenta y exceso gravado como ganancia ocasional. | Póliza, certificado de pago y documento que identifique el riesgo cubierto. |
| Invalidez, incapacidad, accidente o enfermedad | La DIAN ha indicado que los amparos adicionales no reciben automáticamente el mismo tratamiento del seguro de vida. | Póliza completa, liquidación del siniestro y desglose por cobertura. |
| Rescate, ahorro o rendimiento | Puede tener una naturaleza distinta de la indemnización por fallecimiento y no debe ocultarse dentro de una sola cifra. | Certificado de valores aportados, rescate, rendimiento, retención y fecha. |
| Seguro de vida deudor | El beneficiario puede ser la entidad financiera y el pago puede cancelar una deuda en lugar de llegar al contribuyente. | Certificado de la aseguradora, paz y salvo o estado del crédito y certificado bancario. |
El Concepto DIAN 9393 de 2025 recuerda que el artículo 303-1 se refiere a seguros de vida y no se extiende a seguros diferentes, como los seguros de vida para mascotas. La doctrina también exige leer el riesgo cubierto: no clasifiques un amparo adicional solo porque aparece dentro de la misma póliza.
Si la póliza incluye ahorro o el pago fue directamente a un banco por un seguro de vida deudor, el Concepto DIAN 1406 de 2024 muestra por qué la retención, el beneficiario y la naturaleza del pago deben revisarse juntos. No uses un ejemplo de seguro de vida simple para resolver un contrato mixto.
Pasos para ordenar tu declaración
- Identifica el año y el beneficiario: confirma que el pago se recibió o realizó en 2025, quién lo recibió y si esa persona es residente fiscal.
- Lee la póliza completa: ubica el riesgo cubierto y separa fallecimiento de invalidez, accidentes, enfermedades, rescates, ahorro y rendimientos.
- Pide el certificado anual: solicita valor bruto, fecha, beneficiario, retención, concepto y cualquier pago directo a un banco o tercero.
- Calcula el umbral: para AG 2025 compara el total procedente con 3.250 UVT, equivalentes a $161.846.750, sin usar la UVT de otra vigencia.
- Concilia el Formulario 210: revisa 112, 114, 115, 127 y 132, además de las demás ganancias ocasionales y retenciones.
- Guarda la trazabilidad: conserva póliza, certificado, resolución de beneficiario, comprobantes bancarios, comunicación de la aseguradora y soporte de cualquier deuda cancelada.
Errores frecuentes y soportes
| Error | Por qué falla | Soporte que debes conservar |
|---|---|---|
| Declarar solo el neto recibido | Oculta el valor bruto y puede duplicar o perder la retención. | Certificado de pago, comprobante bancario y certificado de retención. |
| No declarar porque la parte está exenta | La exención se concilia dentro de ganancias ocasionales; no elimina necesariamente el ingreso del formulario. | Póliza, certificado y cálculo de 3.250 UVT. |
| Tratar toda la póliza como seguro de vida | Los amparos adicionales pueden tener reglas distintas. | Condiciones generales, anexos, liquidación y certificado por cobertura. |
| Aplicar 3.250 UVT a cada giro | Varios pagos del mismo año pueden corresponder a una sola operación o a conceptos diferentes. | Relación anual de pagos y conciliación con la aseguradora. |
| Ignorar un pago al banco | El seguro deudor puede cancelar capital o intereses sin transferirte el dinero. | Estado del crédito, paz y salvo y certificaciones del banco y asegurador. |
- Póliza, anexos, certificado de beneficiario y comunicación de la aseguradora.
- Certificado anual de pagos, retenciones y conceptos reportados a la DIAN.
- Registro civil, sucesión o documento que acredite quién recibió la indemnización, cuando aplique.
- Extractos, comprobantes de transferencia, estado de cuenta y paz y salvo si el pago fue destinado a un crédito.
- Declaración sugerida, exógena y demás soportes del año, revisados junto con el checklist de documentos para declarar renta.
Cuándo consultar a un contador
¿Cómo puede ayudarte Justi?
Justi puede ayudarte a ordenar la póliza y los certificados, identificar si faltan valores o fechas y construir una conciliación entre el pago bruto, la parte exenta, la retención y las casillas del Formulario 210. El motor tributario calcula con reglas determinísticas, pero no decide quién es beneficiario ni interpreta por sí solo una póliza con coberturas mixtas.
- Subes la póliza y el certificado para separar fallecimiento, amparos adicionales, ahorro, rescates y rendimientos.
- Comparas los pagos y retenciones con la información exógena y los extractos, sin reemplazar el certificado del asegurador.
- Revisas el cálculo de 3.250 UVT para la vigencia correcta y la conciliación de las casillas 112, 114, 115, 127 y 132.
- Llevas a un profesional un expediente ordenado cuando el pago involucra un crédito, una sucesión o varias coberturas.
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Fuentes oficiales consultadas
Esta guía fue actualizada el 11 de agosto de 2026 para el año gravable 2025. Se revisaron el Formulario 210 e instructivo oficial 2026 , el micrositio de la DIAN sobre renta de personas naturales AG 2025 , los artículos 303-1 , 314 y 401-2 del Estatuto Tributario , la Resolución DIAN 193 de 2024 sobre la UVT de 2025, la Resolución DIAN 227 de 2025 , el Concepto DIAN 9393 de 2025 , el Concepto DIAN 1406 de 2024 y la Sentencia C-317 de 2025 . Las casillas y reglas pueden cambiar en otra vigencia: contrasta siempre el año gravable y el formulario que vas a presentar.
Preguntas frecuentes
¿Toda indemnización de seguro de vida paga impuesto?
No. Para una persona natural residente, la parte que no supere 3.250 UVT se trata como ganancia ocasional exenta y el exceso queda gravado como ganancia ocasional. La exención no significa que debas omitir el pago de la declaración: debes conciliar el ingreso bruto y la parte exenta en el Formulario 210.
¿Qué pasa si la indemnización no supera 3.250 UVT?
Registra el valor bruto en la casilla 112, lleva la parte correspondiente a ganancia ocasional exenta a la casilla 114 y verifica que la casilla 115 no genere ganancia ocasional gravable por ese concepto. No reduzcas el ingreso bruto por la retención o por los gastos de la transferencia.
¿Cuánto son 3.250 UVT para el año gravable 2025?
La UVT de 2025 es de $49.799, por lo que 3.250 UVT equivalen a $161.846.750 antes de las reglas de aproximación aplicables. Ese valor sirve para el año gravable 2025; no lo copies automáticamente para otra vigencia.
¿En qué casillas del Formulario 210 se declara un seguro de vida?
Como guía inicial, la indemnización bruta se revisa en la casilla 112; la parte no gravada y exenta en la casilla 114; el exceso gravable se obtiene en la casilla 115; el impuesto se liquida en la sección de ganancias ocasionales, incluida la casilla 127; y las retenciones se revisan en la casilla 132. Confirma siempre el instructivo de la vigencia que presentas.
¿La retención se resta del valor del seguro?
No para informar el ingreso bruto. La retención es un anticipo que se concilia aparte con el certificado del asegurador o del pagador. Conserva el valor reconocido, el valor efectivamente recibido y la retención como datos separados; el impuesto final depende de toda la declaración.
¿El beneficio aplica a invalidez, accidentes o enfermedades?
No automáticamente. La doctrina de la DIAN ha distinguido la indemnización por seguro de vida de los pagos por amparos adicionales. Lee la póliza y pide un certificado que desglose fallecimiento, invalidez, incapacidad, enfermedad, accidentes, rescates, ahorros y rendimientos antes de clasificar el pago.
¿Cómo se declara un seguro de vida deudor?
No lo copies como si siempre hubieras recibido dinero. Revisa quién fue el beneficiario, si la aseguradora pagó directamente a la entidad financiera, qué parte del crédito se canceló y qué certificado expidió cada entidad. La cancelación de una deuda, los intereses y cualquier saldo recibido pueden requerir tratamientos separados.
¿Cómo puede ayudarme Justi con un seguro de vida?
Justi puede ordenar la póliza, el certificado de pago, la retención, la información exógena y los documentos de la sucesión o del crédito para mostrar diferencias y faltantes. No sustituye la interpretación de una póliza compleja, la decisión de un beneficiario, la asesoría profesional ni la responsabilidad de firmar y presentar la declaración.
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