Primero identifica qué contrato tienes
El artículo 127-1 del Estatuto Tributario reconoce dos clases: arrendamiento operativo y arrendamiento financiero o leasing. En el segundo, la operación tiene como objeto la adquisición financiada de un activo y puede mostrar una o varias señales: transferencia de la propiedad al final, opción de compra suficientemente favorable, plazo que cubre la mayor parte de la vida económica, valor presente de los pagos mínimo equivalente al valor comercial o un activo tan especializado que solo el locatario pueda utilizarlo sin modificaciones importantes.
No decidas solo por palabras como “leasing”, “arrendamiento con opción”, “locación” o “financiación” que aparezcan en la primera página. El parágrafo 4 del mismo artículo aplica el tratamiento a las modalidades que tengan la esencia de un arrendamiento, sin importar el título que hayan escogido las partes. La doctrina DIAN también advierte que la denominación no crea dos contratos distintos ni desplaza la regla fiscal.
| Tipo | Qué revisa el arrendatario | Qué ocurre con el canon |
|---|---|---|
| Financiero | Adquisición financiada; activo y pasivo desde el inicio. | Separa abono a capital y componente financiero. |
| Operativo | Arrendamiento distinto del financiero; no registra el bien como propio para este tratamiento. | El canon realizado puede ser gasto deducible, si cumple los requisitos. |
| Contrato antiguo | Si fue celebrado antes de la entrada en vigencia de la Ley 1819 de 2016, conserva el tratamiento fiscal vigente al celebrarse. | No apliques mecánicamente la regla de contratos posteriores a 2016. |
La fecha del contrato puede cambiar la respuesta
Cómo se declara un leasing financiero como arrendatario
Para el arrendatario, el numeral 2 del artículo 127-1 ordena reconocer al inicio un activo y un pasivo por el valor presente de los cánones, la opción de compra y el valor residual de garantía cuando aplique, calculado con la tasa pactada. Los costos discriminados para poner en marcha o utilizar el activo pueden adicionarse cuando no hayan sido financiados.
El activo tiene tratamiento fiscal como si fuera del arrendatario: puede amortizarse o depreciarse según las reglas del Estatuto Tributario, salvo la parte del IVA que vaya a descontarse o deducirse. Si el activo es un inmueble, la parte correspondiente al terreno no es depreciable ni amortizable. La tabla fiscal del contrato y la naturaleza del bien son indispensables.
| Componente | Qué representa | Qué debes conciliar |
|---|---|---|
| Activo | Valor fiscal del bien o derecho reconocido por el leasing financiero. | Saldo inicial, depreciación o amortización fiscal, mejoras, IVA y saldo al 31 de diciembre. |
| Pasivo | Saldo de la obligación frente al arrendador. | Saldo inicial, abonos a capital, opción de compra, pagos, seguros financiados y saldo final. |
| Capital del canon | Abono a la obligación, no un gasto por sí mismo. | Tabla de amortización, fecha y valor de cada pago. |
| Interés o costo financiero | Costo de financiación del periodo. | Certificado o tabla, causación o pago y relación con la actividad productora de renta. |
Activo y deuda no se anulan entre sí
Dónde revisar las cifras en el Formulario 210
El formulario no tiene una casilla con el nombre “leasing”. La ubicación depende de si estás declarando un activo y pasivo, un costo financiero o un canon operativo, y de la cédula donde se produce la renta. No lleves todo el pago bancario a una sola casilla sin separar la naturaleza de la operación.
| Dato | Referencia usual | Precaución |
|---|---|---|
| Activo de leasing financiero | Casilla 29: total patrimonio bruto. | Usa el valor patrimonial fiscal al 31 de diciembre, no el total de cánones futuros ni el precio comercial sin soporte. |
| Saldo pendiente del leasing | Casilla 30: deudas. | Lleva el saldo exigible que puedas probar; no incluyas cuotas ya pagadas ni una provisión contable no aceptada fiscalmente. |
| Costo financiero en rentas de capital | Casilla 60: costos y deducciones procedentes de rentas de capital. | Solo la parte que corresponda al periodo y cumpla causalidad, necesidad, proporcionalidad y demás límites. |
| Canon de arrendamiento operativo | Casilla de costos y deducciones de la cédula donde se use el bien; en rentas de capital, normalmente casilla 60. | No registres simultáneamente el bien y la deuda como si fuera leasing financiero. |
| Deducción especial por intereses de vivienda | Casilla específica del Formulario 210 cuando proceda. | El artículo 119 tiene requisitos propios; no confundas un crédito hipotecario con todo leasing habitacional. |
El instructivo vigente identifica en la cédula general los ingresos de capital en la casilla 58, los costos y deducciones procedentes en la 60, la renta líquida en la 61 y las deducciones imputables en las casillas correspondientes. Si el activo se usa para honorarios, actividad no laboral o una actividad empresarial, revisa la cédula y el soporte de causalidad antes de trasladar la cifra a la casilla 60.
No mezcles capital, interés y deducción
Leasing habitacional: por qué no es lo mismo que un crédito
Un leasing habitacional puede parecerse económicamente a financiar una vivienda, pero su contrato conserva una estructura de arrendamiento con una opción o transferencia de dominio. La Oficio DIAN 906856 de 2020 explica que, para contratos de leasing habitacional sobre vivienda celebrados desde el año gravable 2017, se debe revisar el tratamiento del artículo 127-1, mientras que los contratos anteriores conservan el régimen que les correspondía.
Esto no autoriza a copiar el certificado de intereses de un crédito hipotecario ni a llevar todo el canon a la casilla de intereses de vivienda. El artículo 119 permite deducir intereses pagados por préstamos para adquisición de vivienda cuando se cumplen sus condiciones; determina primero si tu documento es un préstamo garantizado con hipoteca o un leasing, qué parte es costo financiero y qué deducción específica está soportada.
| Documento | Qué buscar | Por qué importa |
|---|---|---|
| Contrato | Fecha, tipo de leasing, opción de compra, valor residual y destino del inmueble. | Define la regla fiscal aplicable y la naturaleza del activo. |
| Certificado anual | Capital, intereses o costo financiero, seguros, pagos y saldo. | Evita tomar el total de la cuota como interés deducible. |
| Soporte del inmueble | Identificación, avalúo o costo fiscal y, si hubo compra, escritura y registro. | Permite conciliar patrimonio, depreciación y fecha de transferencia. |
| Uso del bien | Vivienda propia, arriendo, oficina, negocio o uso mixto. | La relación con la actividad productora de renta cambia la procedencia de costos y deducciones. |
Para comparar la deducción de intereses de un crédito de vivienda con otros gastos de la cédula, consulta también la guía sobre intereses de crédito de vivienda. Si arriendas el inmueble, concilia además los cánones con la guía de ingresos por arriendo.
Qué pasa al ejercer o no ejercer la opción de compra
Si ejercitas la opción, el valor pactado se carga contra el pasivo del arrendatario, que debe quedar en cero. Cualquier diferencia se ajusta como ingreso o gasto. No registres una compra nueva por el valor comercial del bien y, al mismo tiempo, mantengas intacta la deuda del leasing.
Si no ejercitas la opción, el Estatuto Tributario ordena hacer los ajustes fiscales en activo y pasivo. La diferencia no tiene efecto en renta si no generó un costo o gasto deducible; si hubo una deducción, puede convertirse en recuperación de deducciones. Revisa también si hubo terminación anticipada, entrega del bien, penalidad, seguro o devolución de pagos.
Una hoja de cierre evita el doble conteo
Pasos prácticos antes de diligenciar
- Descarga el contrato completo, anexos, otrosíes y tabla de amortización; identifica la fecha de firma, inicio, modificaciones y vencimiento.
- Clasifica la operación con los criterios del artículo 127-1 y documenta por qué es financiera u operativa. Si el contrato es anterior a 2017, conserva el análisis del régimen histórico.
- Reconstruye el saldo fiscal del activo y del pasivo al 31 de diciembre de 2025; no uses sin revisar el saldo contable, el total de cuotas futuras o el valor comercial.
- Separa cada pago entre capital, intereses o costo financiero, seguros, IVA, comisiones y otros conceptos; guarda el certificado anual del arrendador.
- Define el uso del bien y la cédula donde se generan los ingresos. Para un bien de uso mixto, asigna la parte empresarial con una metodología razonable y soportada.
- Diligencia patrimonio, deudas, costos, deducciones y retenciones sin duplicar el activo, la deuda, los intereses o el canon. Contrasta la información sugerida de la DIAN con tus documentos.
- Revisa si ejerciste o descartaste la opción de compra, si hubo cesión, terminación o venta, y si el hecho produce ajustes o recuperación de deducciones.
La declaración sugerida no reemplaza tu conciliación
Errores frecuentes al declarar un leasing
- Tratar todos los contratos llamados leasing como financieros sin leer la esencia económica, la opción de compra y la fecha de celebración.
- Llevar la cuota completa a costos y deducciones cuando una parte es abono a capital que reduce el pasivo.
- Registrar el activo en la casilla 29 y olvidar el saldo de la deuda en la casilla 30, o incluir allí el total de cuotas futuras.
- Deducir el costo financiero de un leasing personal sin relación con una actividad productora de renta o sin revisar las limitaciones de intereses.
- Confundir el leasing habitacional con un crédito hipotecario y llevar todo el canon a la deducción de intereses de vivienda.
- Depreciar la parte del terreno de un inmueble o usar una vida útil contable sin verificar las reglas fiscales aplicables.
- Duplicar un gasto: tomar el canon operativo, los intereses y además una deducción por el mismo concepto sin soporte independiente.
- Mantener la deuda completa después de ejercer la opción de compra, o ignorar la recuperación de deducciones al no ejercerla.
Cuándo pedir una revisión profesional
Documentos que debes conservar
La lista general de documentos para declarar renta sirve como base. Para un leasing, la prueba debe permitir reconstruir la clasificación del contrato y cada saldo al cierre.
- Contrato, anexos, otrosíes, tabla de amortización, tasa, opción de compra, valor residual y fecha de inicio.
- Certificado anual del arrendador con capital, intereses o costo financiero, seguros, IVA, comisiones, pagos y saldo pendiente.
- Extractos y comprobantes de pago, facturas, recibos, retenciones y soportes de cualquier cuota inicial o abono extraordinario.
- Soportes del activo: factura, avalúo o costo fiscal, matrícula o escritura, mejoras, fecha de puesta en servicio y uso del bien.
- Hoja de trabajo fiscal con activo, pasivo, depreciación o amortización, capital, costo financiero y valores trasladados al Formulario 210.
- Documento de ejercicio o no ejercicio de la opción, cesión, terminación, entrega, penalidad o transferencia final, cuando aplique.
- Conciliación con la información exógena, la declaración sugerida y las declaraciones de años anteriores si el contrato venía de periodos previos.
Fuentes oficiales consultadas
Esta guía fue actualizada el 15 de agosto de 2026 para la declaración del año gravable 2025. Se revisaron el micrositio DIAN de renta de personas naturales , la guía DIAN de preparación y declaración , el Formulario 210 e instructivo 2026 , los artículos 115 , 117 , 119 , 127-1 , 261 y 267-1 del Estatuto Tributario , además del Oficio DIAN 26661 de 2019 y el Oficio DIAN 906856 de 2020 . Las reglas dependen de la fecha, esencia, bien, uso y documentos del contrato; verifica siempre la norma y el instructivo vigentes antes de presentar.
Preguntas frecuentes
¿El leasing financiero se declara como una deuda?
Sí, para el arrendatario el artículo 127-1 ordena reconocer al inicio un activo y un pasivo por el valor presente de los cánones, la opción de compra y el valor residual de garantía cuando corresponda. Al cierre, debes llevar el saldo fiscal del activo al patrimonio y el saldo pendiente del pasivo a deudas, con la certificación o tabla del contrato.
¿En qué casilla del Formulario 210 se registra un leasing?
El activo del leasing financiero se integra al patrimonio bruto de la casilla 29 y el saldo pendiente del pasivo a la casilla 30. El componente financiero o las deducciones dependen de la cédula y de la relación con la actividad productora de renta; en rentas de capital, los costos y deducciones procedentes se revisan en la casilla 60. No hay una casilla exclusiva llamada leasing.
¿Se puede deducir todo el canon de un leasing financiero?
No automáticamente. En el leasing financiero el canon se separa entre abono a capital y componente de intereses o costo financiero: el capital reduce el pasivo y el componente financiero puede ser gasto deducible si cumple las reglas aplicables. En un arrendamiento operativo, en cambio, el arrendatario reconoce como gasto deducible el canon realizado, sujeto a los requisitos generales.
¿Qué diferencia hay entre leasing financiero y leasing operativo?
El leasing financiero tiene esencia de adquisición financiada y puede incluir transferencia final, opción de compra favorable, plazo que cubre gran parte de la vida económica, pagos cuyo valor presente equivale al valor comercial o un activo especializado. El operativo es el arrendamiento que no cumple esos elementos. La denominación comercial del contrato no decide por sí sola el tratamiento fiscal.
¿El leasing habitacional tiene el mismo tratamiento que un crédito de vivienda?
No debes tratarlos como idénticos. La DIAN ha señalado que, para contratos de leasing habitacional celebrados desde el año gravable 2017, se revisa el artículo 127-1; el contrato debe analizarse según su naturaleza y fecha. La deducción de intereses de vivienda del artículo 119 tiene sus propios requisitos y no convierte automáticamente todo canon o costo financiero del leasing en esa deducción.
¿Qué pasa si ejerzo la opción de compra?
El precio de la opción se carga contra el pasivo del arrendatario, que debe quedar cancelado; cualquier diferencia se ajusta como ingreso o gasto según la regla fiscal. Conserva el documento de ejercicio, la factura o cuenta de cobro, la escritura si se trata de un inmueble y la tabla con el saldo antes y después de la operación.
¿Qué pasa si no ejerzo la opción de compra?
Se realizan los ajustes fiscales correspondientes en el activo y el pasivo. La diferencia no tiene efecto en renta si no generó un costo o gasto deducible; si sí produjo una deducción, puede tratarse como recuperación de deducciones. El efecto depende del contrato, los valores declarados y los gastos tomados en años anteriores.
¿Justi puede clasificar mi contrato de leasing o calcular la depreciación?
Justi puede ordenar el contrato, la tabla de amortización, los pagos, el activo, la deuda y los soportes para mostrar qué debes revisar. No sustituye el análisis de la esencia económica, la fecha del contrato, la opción de compra, la depreciación, el IVA, una terminación anticipada, un lease-back ni una operación vinculada.
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