¿Cómo se declara una bonificación laboral en renta?
La regla práctica es incluirla con los demás ingresos de trabajo del año gravable. La DIAN reiteró en el Concepto 9394 de 2025 que las bonificaciones por servicios prestados hacen parte de los pagos provenientes de una relación laboral o legal y reglamentaria, son rentas de trabajo y están gravadas y sometidas a retención.
Esto cubre, entre otros, premios por cumplimiento de metas, incentivos de ventas, bonificaciones de desempeño, primas extralegales y pagos extraordinarios que el empleador entrega por el vínculo laboral. El nombre usado en la nómina no cambia por sí solo la naturaleza tributaria: debes leer qué originó el pago, quién lo pagó, cuándo se hizo exigible o se pagó y si existe una exención legal específica.
No confundas “no salarial” con “no gravado”
¿Qué bonificaciones debes separar antes de declarar?
| Pago recibido | Tratamiento inicial | Qué verificar |
|---|---|---|
| Bono por metas o desempeño | Ingreso laboral gravado; revisa la retención y la renta exenta general aplicable. | Acuerdo de metas, liquidación, fecha de pago y certificado. |
| Incentivo o premio por ventas | Ingreso laboral si lo paga el empleador dentro del vínculo; no lo conviertas en honorario. | Si hubo relación laboral, quién pagó y si el pago aparece en nómina. |
| Prima o bonificación extralegal | Ingreso laboral gravado, aunque el acuerdo diga que no constituye salario. | Contrato, pacto, certificado 220 y retención practicada. |
| Bonificación por servicios prestados de empleado público | La DIAN la ha tratado como ingreso laboral gravado y sujeto a retención. | Norma que la creó, acto de reconocimiento y certificado. |
| Bonificación por retiro o plan de retiro | Puede tener reglas especiales; no la mezcles automáticamente con un bono anual. | Causa del retiro, norma o acuerdo, indemnización y fecha de pago. |
| Bono pagado a un contratista sin vínculo laboral | Puede ser honorario, comisión o compensación por servicios; el análisis cambia. | Contrato, actividad, factura, costos y tratamiento de honorarios. |
La doctrina DIAN sobre comisiones, bonificaciones y primas extralegales confirma que, para retención por ingresos laborales, estos conceptos no quedan excluidos solo porque no sean factor salarial. Si el pago no proviene de una relación laboral, revisa la guía de honorarios de independientes en lugar de forzar una clasificación laboral.
¿En qué parte del Formulario 210 se registra?
El instructivo oficial del Formulario 210 de 2026 indica que la casilla 32, “Ingresos brutos de las Rentas de trabajo”, incluye salarios, primas legales y extralegales, bonificaciones y demás conceptos laborales. Allí debes consolidar el ingreso laboral que corresponde al año, junto con los demás pagos de trabajo que no pertenezcan a otra cédula.
| Paso del formulario | Qué revisar en la bonificación | Soporte principal |
|---|---|---|
| Casilla 32: ingreso bruto laboral | Incluye el valor de la bonificación realizada junto con los demás pagos laborales. | Formulario 220, nómina, desprendible y comprobante de pago. |
| Casilla 33: ingresos no constitutivos | Solo resta conceptos que la ley permita; no conviertas el bono en no constitutivo por decisión propia. | Certificados de aportes y soporte de la regla aplicada. |
| Rentas exentas y deducciones | Revisa la renta exenta del 25 %, límites individuales y límite conjunto de la cédula general. | Hoja de depuración y certificados de aportes o deducciones. |
| Retenciones del año | Resta la retención que el empleador certificó, sin volver a restar la misma suma como deducción. | Formulario 220 y comprobantes de nómina. |
El certificado no reemplaza tu revisión
¿La bonificación tiene renta exenta del 25 %?
Una bonificación laboral integra los pagos laborales que pueden participar en la renta exenta general del 25 % del numeral 10 del artículo 206 del Estatuto Tributario. La exención no depende de que el empleador haya llamado al pago “bonificación” ni de que sea o no factor salarial: se calcula sobre la base legal después de las depuraciones que correspondan y está limitada anualmente a 790 UVT, además de los límites generales aplicables.
Para el año gravable 2025, 790 UVT equivalen a $39.341.210 con una UVT de $49.799. La cifra no es un descuento automático por cada bono. Debes sumar todos los pagos laborales, restar los ingresos no constitutivos que procedan, revisar aportes y otras rentas exentas, y controlar el límite conjunto de rentas exentas y deducciones imputables de la cédula general.
Retiro e indemnización requieren otro análisis
¿Qué pasa con la fecha de pago y las metas?
La fecha de la meta y la fecha de realización no siempre son la misma. Si el bono de desempeño de 2025 se liquidó y pagó durante 2025, normalmente se revisa en la declaración del AG 2025. Si se pagó en enero de 2026, no lo traslades a 2025 solo porque las metas correspondían al año anterior: revisa el pago, la disponibilidad, la certificación y la regla de realización que aplique a tu caso.
Para el empleador obligado a nómina electrónica, la DIAN explicó que las bonificaciones condicionadas a metas se reportan cuando se liquidan con monto y fecha ciertos o cuando se pagan, lo que ocurra primero . Ese reporte sirve para cruzar la información, pero no sustituye la revisión del año en que el trabajador realizó el ingreso.
| Situación | Control recomendado | Riesgo |
|---|---|---|
| Bono liquidado y pagado en 2025 | Conciliar con 220, nómina y banco de 2025. | Duplicarlo con un anticipo o ajuste. |
| Metas 2025, pago en enero de 2026 | Conservar acuerdo, liquidación y comprobante; confirmar el período certificado. | Declararlo en el año de la meta sin revisar la realización. |
| Anticipo mensual y ajuste anual | Separar anticipos, saldo final y notas de ajuste. | Sumar el anticipo y el total definitivo como si fueran pagos distintos. |
| Bono reversado o corregido | Guardar la nota de ajuste y el certificado corregido. | Declarar el valor inicial aunque fue reversado. |
Pasos para declarar una bonificación laboral
- 1. Identifica el vínculo: confirma que el pagador era tu empleador o una entidad con relación legal y reglamentaria; si eras contratista, revisa la ruta de honorarios o servicios.
- 2. Clasifica el pago: separa bono por metas, comisión, prima extralegal, bonificación por retiro, indemnización, reembolso y beneficio en especie.
- 3. Fija el año: revisa pago, abono, liquidación, disponibilidad y notas de ajuste; no uses únicamente el año que aparece en el nombre del plan de metas.
- 4. Concilia los documentos: compara Formulario 220, desprendibles, nómina electrónica si te la entregaron, extractos y certificados de retención.
- 5. Lleva el bruto a la ruta laboral: revisa la casilla 32 del Formulario 210 y evita trasladarlo a honorarios o rentas no laborales sin una razón fiscal.
- 6. Depura con límites: aplica solo ingresos no constitutivos, renta exenta del 25 %, aportes y deducciones que tengan regla y soportes; controla el límite conjunto.
- 7. Revisa la retención: resta solo la retención certificada del período y verifica que no esté duplicada en otro documento o en otra cédula.
- 8. Guarda la trazabilidad: conserva contrato o plan de metas, liquidación, comprobantes, certificado 220, ajustes y la hoja con la conciliación final.
Errores frecuentes
- Excluir una bonificación porque el acuerdo dice “no constituye salario”.
- Llevar el bono a honorarios porque el pagador lo reportó con una descripción distinta, aunque exista relación laboral.
- Declarar solo el salario mensual y olvidar el incentivo, la prima extralegal o el premio anual.
- Sumar un anticipo de bono y el valor anual definitivo sin revisar si el segundo ya incluye el primero.
- Aplicar un 25 % exento adicional solo sobre la bonificación, ignorando la base total de pagos laborales y los límites de la cédula general.
- Restar la retención del Formulario 220 y volver a restarla desde un certificado o soporte bancario distinto.
- Declarar en 2025 un bono pagado en 2026 únicamente porque el plan de metas se refería al año 2025.
- Tratar como bono anual una indemnización por despido o un plan especial de retiro sin revisar la norma aplicable.
La hoja de conciliación evita la doble cuenta
¿Qué soportes debes conservar?
| Soporte | Qué debe permitir comprobar |
|---|---|
| Formulario 220 | Pagos laborales, retenciones, período certificado y datos del empleador. |
| Desprendible o liquidación | Concepto, bruto, descuentos, retención, fecha de pago y ajustes. |
| Contrato o plan de metas | Origen del bono, condición, forma de cálculo y si existe un pago por retiro separado. |
| Comprobante bancario | Fecha y valor efectivamente recibido; no reemplaza la certificación tributaria. |
| Certificado de retención | Valor de la retención practicada y su correspondencia con el ingreso laboral. |
| Conciliación personal | Por qué el bono quedó en el año, casilla y tratamiento que informaste. |
La DIAN explica que los documentos deben respaldar ingresos, costos, deducciones, patrimonio y retenciones . Para una bonificación, el soporte más fuerte es la combinación del certificado del empleador con la liquidación y la evidencia del pago.
¿Cómo ayuda Justi y cuál es su límite?
Justi puede leer tu Formulario 220, desprendibles, certificados, plan de metas y comprobantes; agrupar los pagos laborales; separar bruto, retención y ajustes; y ayudarte a revisar cómo llega la bonificación al Formulario 210. También puede comparar la información sugerida por la DIAN con tus soportes.
Justi no puede decidir por sí solo si un pago es una bonificación laboral, una comisión de contratista, una indemnización o un beneficio en especie cuando los documentos se contradicen. Tampoco puede crear una exención, corregir el certificado del empleador ni garantizar un menor impuesto. La presentación final y la responsabilidad de la información siguen siendo tuyas.
Cuándo pedir revisión profesional
No confundas esta guía con otras rentas de trabajo
Si el pago fue una indemnización por despido o una bonificación por retiro, revisa sus reglas especiales. Si recibiste beneficios laborales en especie, debes valorar y clasificar el beneficio según su naturaleza. Si fue un pago por servicios sin vínculo laboral, consulta la guía de honorarios de independientes. Para la renta exenta general y sus topes, revisa la guía de límite del 40 %.
Fuentes oficiales consultadas
- DIAN · Cómo hacer su declaración y documentos soporte
- DIAN · Prepárese para la declaración AG 2025
- DIAN · Formulario 210 e instructivo 2026
- DIAN · Formulario 220 de ingresos y retenciones 2026
- Estatuto Tributario · artículo 27
- Estatuto Tributario · artículo 103
- Estatuto Tributario · artículo 206
- Estatuto Tributario · artículo 335
- Estatuto Tributario · artículo 336
- DIAN · Concepto 9394 de 2025
- DIAN · Oficio 17521 de 2025 sobre bonificaciones condicionadas
- DIAN · Oficio 11170 de 2014 sobre comisiones, bonificaciones y primas extralegales
- DIAN · Concepto 3966 de 2023 sobre bonificaciones por retiro e indemnizaciones
Actualizado el 25 de agosto de 2026 para orientar la declaración del año gravable 2025. La guía se dirige principalmente a una persona natural residente que recibe pagos laborales y presenta el Formulario 210. Un no residente, un contratista, un obligado a llevar contabilidad o un pago con régimen especial puede requerir reglas adicionales.
Preguntas frecuentes
¿Una bonificación laboral se declara como ingreso en renta?
En general sí. Una bonificación, incentivo o premio pagado por una relación laboral o legal y reglamentaria es un ingreso de trabajo gravado, salvo que exista una exención o tratamiento no constitutivo expresamente aplicable. Debes incluirlo con los demás pagos laborales del año en que se realizó.
¿Que la bonificación no sea salarial significa que no paga renta?
No. La clasificación laboral de un pago como factor salarial y su tratamiento tributario son preguntas distintas. Para renta importa el origen del pago y si incrementó tu patrimonio; una bonificación ocasional o pactada como no salarial no desaparece por esa sola etiqueta.
¿En qué casilla del Formulario 210 va una bonificación laboral?
El instructivo del Formulario 210 ubica las bonificaciones y demás conceptos laborales dentro de los ingresos brutos de rentas de trabajo, casilla 32. Luego se revisan aportes no constitutivos, rentas exentas, deducciones imputables y retenciones según tu caso. No la lleves a honorarios o rentas no laborales solo porque el certificado la nombró de otra forma.
¿La retención de la bonificación es el impuesto definitivo?
No. La retención es un anticipo. En la declaración anual debes sumar la bonificación a los ingresos laborales, depurar lo que proceda y restar las retenciones certificadas. El resultado también depende de otros ingresos, aportes, rentas exentas, deducciones, patrimonio y demás datos.
¿Puedo aplicar la renta exenta del 25 % a una bonificación?
Una bonificación que hace parte de los pagos laborales puede participar en la base de la renta exenta general del 25 % del artículo 206, después de las depuraciones previstas y dentro de los límites individuales y generales. No es una exención adicional por llamarse bonificación ni permite superar el límite conjunto de la cédula general.
¿Qué pasa si la bonificación se pagó en enero por metas de 2025?
Revisa la fecha en que se pagó o se realizó el ingreso y la forma en que el empleador la certificó. Para una persona natural no obligada a llevar contabilidad, la regla general del artículo 27 parte de la percepción; si hay una bonificación condicionada, liquidación posterior o diferencia entre nómina, certificado y pago, conserva la trazabilidad y valida el año antes de declarar.
¿Una bonificación por retiro es igual a una bonificación anual?
No necesariamente. Un pago por retiro voluntario o terminación puede tener reglas especiales de retención y renta exenta, mientras que una bonificación anual o por metas suele ser un pago laboral ordinario. No uses esta guía para reemplazar el análisis de una indemnización o un programa especial de retiro.
¿Justi puede decidir si mi bonificación es gravada?
Justi puede leer el Formulario 220, desprendibles, acuerdos de metas y comprobantes; ordenar los pagos y retenciones; y ayudarte a conciliar el Formulario 210. No puede cambiar la naturaleza del pago, crear una exención ni garantizar un saldo a favor. Si el pago mezcla retiro, indemnización, salario integral, honorarios o una norma especial, pide revisión profesional.
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